Código Penal · IMPO no registra redacciones anteriores de este artículo.
Fecha desconocida
Redacción vigenteHoy
(Lesión culpable) La lesión culpable será castigada con la pena de la lesión dolosa, según su diferente gravedad y las circunstancias que en ellas concurran, disminuida de un tercio a la mitad.
La aplicación del máximo se considerará plenamente justificada, cuando del hecho resultare la lesión de dos o más personas.
Se toma la fecha de promulgación de cada norma; la entrada en vigencia puede ser posterior.