Código Penal · IMPO no registra redacciones anteriores de este artículo.
Fecha desconocida
Redacción vigenteHoy
(Circunstancias agravantes) Son circunstancias agravantes especiales:
1. Que el hecho se efectúe en daño del Estado, del Municipio o de algún ente público;
2. Que el hecho se efectúe generando en la víctima el temor de un peligro imaginario o la persuasión de obedecer a una orden de la autoridad.
Se toma la fecha de promulgación de cada norma; la entrada en vigencia puede ser posterior.