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La totalidad de los fondos de dicha cuenta, serán destinados por la citada Dirección General a brindar apoyo a:
A) Los aeroclubes en actividad, debiendo tenerse en cuenta para su otorgamiento los siguientes factores:
I) Escuela de vuelo, vuelo a vela, paracaidismo y aeromodelismo.
II) Entrenamiento de pilotos.
III) Servicios de abastecimientos, mantenimiento y comunicaciones.
IV) Instalación, Infraestructura y todo otro servicio que tienda a la seguridad de vuelo.
B) Las Instituciones aerodeportivas en todos sus aspectos como vuelo a motor, vuelo a vela, paracaidismo, aeromodelismo y similares.
C) El Instituto de Adiestramiento Aeronáutico dependiente de la Dirección General de Aviación Civil.
D) Reparaciones y mantenimiento en general de las aeronaves de la Dirección General de Aviación Civil y todo gasto relativo a las mismas.
E) En general a toda actividad que contribuya el desarrollo y fomento y seguridad de la aviación.