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Créase la Comisión Honoraria Técnico Asesora de los Servicios de Identificación de las Personas Físicas y de las Empresas y Empresarios, la cual estará integrada por un representante de cada una de las siguientes reparticiones y organismos: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Ministerio del Interior, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Educación y Cultura, Corte Electoral, Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión, Banco de Previsión Social, Banco Central del Uruguay, Banco de la República Oriental del Uruguay, Consejo Central de Asignaciones Familiares y Administración de los Seguros Sociales por Enfermedad.
Esta Comisión funcionará en la sede del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que proporcionará los funcionarios y medios que se requieran para el cumplimiento de sus cometidos".