Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
A la Suprema Corte de Justicia además de las competencias que originariamente se le atribuyen eij el artículo 7º de la Sección XV de la Constitución, en la redacción dada por el artículo 11 del Acto Institucional Nº 12, corresponde:
1º) Dirimir las contiendas de competencia entre los órganos de la Justicia Ordinaria y los de la Justicia Administrativa.
2º) Ejercer la consulta en las causas penales a los efectos previstos en la Sección XV de la Constitución en la redacción dada por el numeral 11 del artículo 10 del Acto Institucional Nº 12.
3º) Dar posesión de sus cargos, a los jueces de la Justicia Ordinaria, previo juramento habilitante.
4º) Recibir el juramento habilitante para el ejercicio de las profesiones de abogado, escribano y procurador.
5º) Ejercer la policía de las profesiones referidas en el inciso anterior, conforme a las leyes que reglamentan esa potestad.
6º) Dictar acordadas que tengan por objeto exclusivo reglamentar las modalidades procesales del ejercicio de la función jurisdiccional.
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