Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Efectos de las inhibiciones). Las medidas a que se refieren el artículo l4, incisos 9) y 10), y el artículo 19, incisos 4) y 5), vinculan indisolublemente los inmuebles o automotores inscriptos a nombre del titular afectado al proceso en que se dictaron.
Los embargos genéricos de derechos y acciones afectan en la misma forma los bienes inmuebles, buques y automotores que la persona embargada tuviera -inscriptos a la fecha de del embargo, así como a los bienes de la misma naturaleza, que inscribiere con posterioridad Los actos a que se refieren el artículo l4, incisos 1)a 5) y 8), y el artículo 19, inciso 1), inscriptos con posterioridad a las medidas a que se refieren los incisos anteriores,no producirán alteración alguna en el trámite de los juicios respectivos, ni en sus resultados, Estos juicios podrán continuar hasta su terminación, con prescindencia de los actos inscriptos. Los jueces mandarán cancelar las inscripciones vigentes que se les opongan con citación de las personas a quienes afecte la cancelación.
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