Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Composición del Servicio). El Servicio de Registros Públicos estará compuesto por:
1) Los Registros de la Propiedad que tendrán competencia departamental excepto el de Canelones y sede en la Capital de cada departamento.
En Montevideo el Registro de la Propiedad se dividirá en secciones administrativas.-
2) En la ciudad de Pando existirá un Registro de la propiedad que tendrá competencia en las secciones judiciales 7a,8a, 9a, 10a y 14a, 16a del departamento de Canelones, de acuerdo con los límites que ellas tenían el primero de enero de mil novecientos cuarenta y siete
3) El Registro Nacional de Actos Personales que tendrá competencia nacional y sede en Montevideo.
4). El Registro de Comercio.
El Poder Ejecutivo podrá crear nuevos Registros de la propiedad fijarles sede y competencia territorial cuando en la zona el número y frecuencia de los actos justifique una nueva sede registral
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