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El Tribunal se limitará a apreciar el acto en sí mismo, confirmándolo o anulándolo, sin reformarlo.
Cuando el Tribunal de lo Contencioso Administrativo declare la nulidad del acto administrativo impugnado por causar lesión a un derecho subjetivo del demandante, la decisión tendrá efecto únicamente en el proceso en que se dicte.
Cuando la decisión declare la nulidad del acto en interés de la regla de derecho o de la buena administración, producirá efectos generales y absolutos.
En el supuesto de que la decisión del Tribunal declare la nulidad de un acto administrativo de alcance general y abstracto, con efectos generales y absolutos, el Tribunal deberá comunicar dicha sentencia firme a la Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales (IMPO) a los efectos de darle publicidad, en la sección Documentos del Diario Oficial, y de incluir como constancia en la publicación electrónica de dicho acto que fue "Anulado por sentencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo con efectos generales y absolutos", lo que deberá constar en cada una de las disposiciones anuladas