Artículo 1
Fíjanse a partir de la hora cero del día 1° de junio de 2026, las siguientes tarifas de peaje a pagar por los usuarios, por sentido, en todos los puestos de recaudación operados por los concesionarios del Ministerio de Transporte y Obras Públicas en Rutas Nacionales:
Categoría Tarifa básica Tarifa Telepeaje Tarifa SUCIVE Categoría 1 - Autos y camionetas (2 ejes y 4 ruedas no duales, con remolque de 1 eje) $ 196,57 $ 167,00 $ 214,00 Categoría 2 - Tractor sin semirremolque y Ómnibus hasta 25 pasajeros $ 196,57 $ 167,00 $ 214,00 Categoría 3 - Vehículos o equipos de carga de hasta 3 ejes y 6 ruedas, o vehículos de 2 ejes más remolque de 2 ejes sin ruedas duales y adheridos al sistema de Telepeaje $ 258,50 $ 220,00 $ 282,00 Categoría 4 - Ómnibus de más de 25 pasajeros $ 258,50 $ 220,00 $ 282,00 Categoría 5 - Vehículos o equipos de carga de 3 ejes y más de 6 ruedas $ 258,50 $ 220,00 $ 282,00 Categoría 6 - Vehículos o equipos de carga de 4 o más ejes, no tritrenes $ 527,78 $ 449,00 $ 575,00 Categoría 7 - Vehículos o equipos de carga tritrenes $ 883,22 $ 751,00 $ 963,00 Las referidas tarifas incluyen el Impuesto al Valor Agregado a la tasa básica.