Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas que regirá a partir del 1° de mayo de 2023, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, (con excepción de Montevideo), de la Ciudad de Paysandú y de propano redes, conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I, II y III adjuntos y que forman parte del presente Decreto.
- Ver además:
- Nº 145/023 ↗
Notas de IMPO
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 145/023 de 17/05/2023.