Artículo 1
Apruébase los siguientes PEP (según se define en el literal b) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021, para los combustibles, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1 de agosto de 2025:
a) COMBUSTIBLES GENERALES
PRECIO POR LITRO
Gasolina aviación 100/130 91,57 Jet A1 47,79 Gasolina Premium 97 69,29 Gasolina Super 95 66,88 Queroseno 43,48 Gas Oil 50S 37,22 Gas Oil 10S 40,64
PRECIO POR KILOGRAMO
Supergás 31,93 Butano Desodorizado 77,09
PRECIO POR TONELADA
Propano Industrial
52.429,91
PRECIO POR MIL LITROS
Fuel Oil Pesado
26.237,98 Fuel Oil Medio
26.433,82
b) DISOLVENTES
PRECIO POR LITRO
Solvente 1197 48,58 Solvente Disán 48,58 Aguarrás 48,58 Base para insecticida 56,12
c) PRODUCTOS ESPECIALES
PRECIO POR LITRO
Hexano comercial 45,55