Artículo 1Modificado
Incorpórase en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Antártico Uruguayo, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 60/018, de 12 de marzo de 2018, las referencias al "Ministerio de Ambiente" en sustitución a las efectuadas al "Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente". (*)
- Ver además:
- Decreto 164/2025, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto.