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(Modificación de los datos de la declaración jurada).- Toda modificación de los datos contenidos en la declaración, excepto la variación del valor nominal que no altere el porcentaje de participación, debe ser comunicada por la entidad obligada dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días de su verificación.
Dicho plazo será de 90 (noventa) días en el caso que la modificación refiera a titulares, integrantes de la cadena de titularidad o beneficiarios finales no residentes.
En el caso de que se altere el porcentaje de participación de los accionistas, socios o partícipes en el capital integrado o su equivalente o en el patrimonio según corresponda, como consecuencia de la modificación del contrato social o instrumento equivalente, o del aumento de capital integrado, el plazo referido en los incisos anteriores se computará desde la fecha del acto correspondiente o de la resolución del órgano societario competente, que determine la modificación en las participaciones de los titulares o beneficiarios finales.
Las entidades obligadas dispondrán de un plazo máximo de 90 (noventa) días contados a partir del día siguiente a la terminación del año civil en que se producen, para comunicar al Banco Central del Uruguay las modificaciones en los siguientes datos:
a) Con respecto a la entidad: su Sede, Domicilio fiscal y Domicilio constituido ante el organismo fiscal.
b) Con respecto a los titulares e integrantes de la cadena de titularidad que sean personas físicas y beneficiarios finales: su Estado Civil, la naturaleza propia o ganancial de los títulos declarados, su Domicilio fiscal y su Domicilio constituido ante la Dirección General Impositiva.
c) Con respecto a los titulares e integrantes de la cadena de titularidad que sean personas jurídicas: El Domicilio de sus representantes y el Cargo o vinculación con la entidad.