Artículo 1Modificado
Apruébase el siguiente reglamento aplicable a los generadores conectados en la red de interconexión de 63 kV y 31,5 kV, que generen la energía eléctrica por medio de un proceso de cogeneración, de acuerdo al Decreto N° 277/015, de 13 de octubre de 2015. (*)
- Ver además:
- Decreto 167/2026 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto.