Artículo 1Modificado
Adóptase la Resolución GMC N° 06/24 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR, que se adjunta al presente Decreto como Anexo y forma parte integral del mismo, que aprueba los "Requisitos de Buenas Prácticas de obtención, procesamiento, distribución y uso de plasma sanguíneo humano excedente en los Estados Partes". (*)
- Ver además:
- Decreto 186/2025, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.