Apruébanse los siguientes PEP (según se define en el literal b) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021) para los combustibles generales, disolventes y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1 de julio de 2023:
a) COMBUSTIBLES GENERALES
PRECIO POR LITRO
Gasolina aviación 100/130 85,83 Jet A1 51,89 Gasolina Premium 97 30S 61,51 Gasolina Super 95 30S 59,28 Queroseno 40,38 Gas Oil 50S 43,26 Gas Oil 10S 50,35
POR KILOGRAMO
Supergás 30,68 Butano Desodorizado 81,44
POR MIL KILOGRAMOS
Propano Granel
41.140,48
POR MIL LITROS
Fuel Oil Pesado
27.316,67 Fuel Oil Medio
27.671,64
b) DISOLVENTES
PRECIO POR LITRO
Solvente 1197 38,55 Solvente Disán 38,55 Aguarrás 38,55 Base para insecticida 55,77
c) PRODUCTOS ESPECIALES
PRECIO POR LITRO
Hexano comercial 48,47
Actualízanse los siguientes PVP (según se define en el literal e) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021) para los combustibles generales, propano y supergás, disolventes, y productos especiales suministrados por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de las cero horas (00:00) del 1 de julio de 2023:
a) COMBUSTIBLES GENERALES
PRECIO POR LITRO
Gasolina aviación 100/130 85,83 Jet A1 51,89 Gasolina Premium 97 30S 72,12 Gasolina Super 95 30S 69,89 Queroseno 50,05 Gas Oil 50S 52,99 Gas Oil 10S 63,30
POR KILOGRAMO
Butano Desodorizado 81,44 Supergás 73,35
POR MIL LITROS
Fuel Oil Pesado
28.180,33 Fuel Oil Medio
28.535,30
b) PROPANO GRANEL
POR TONELADA
Supergás Granel
73.999,08 Propano Industrial
73.999,08
c) DISOLVENTES
PRECIO POR LITRO
Solvente 1197 53,62 Solvente Disán 53,62 Aguarrás 53,62 Base para insecticida 70,84
d) PRODUCTOS ESPECIALES
PRECIO POR LITRO
Hexano comercial 63,54 Los PVP listados anteriormente son precios máximos de venta al público en los términos previstos en literal e) del artículo 1° del Decreto N° 201/021, de 28 de junio de 2021.
Se exhorta a ANCAP a tomar las acciones necesarias para que, en coordinación con los envasadores y distribuidores, se continúe instrumentando el descuento del 50% sobre el precio de venta al público de las recargas de garrafas de 13 kg de supergás, en las condiciones previstas en la nota enviada con fecha 28 de diciembre de 2022 y el exhorto cursado mediante Decreto N° 414/022 de fecha 29 de diciembre de 2022, lo que se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2023.
Comuníquese, etc.