Artículo 1
Desígnese para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) el inmueble empadronado con el N° 49 ubicado en la 8ª Sección Catastral del departamento de Florida, que según plano de mensura N° 2355 levantado por el Ing. Agrim. Jorge Colacce de febrero de 1959, se deslinda de la siguiente manera: al noroeste, nueve tramos rectos de 517,20 metros, 49,90 metros, 69,50 metros, 49,70 metros, 47,10 metros, 226,00 metros, 55,50 metros, 116,40 metros y 166,80 metros sobre Ruta 77; al noreste, recta de 222,10 lindando con padrón 11.432, al norte recta de 2.008,60 metros con padrón 55, al oeste 60,70 metros con padrón 55, al noreste recta de 746,20 metros con padrón 61 y 10.465, al este recta de 618,60 metros con padrón 7.600; al noreste recta de 202,60 metros con padrón 7.600, al sureste, dos tramos rectos de 258,30 metros y 307,20 metros sobre Camino a la Costa; al suroeste tramo recto de 1.027 metros y al sur recta de 2.145 metros, estos dos últimos con Camino Vecinal.