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(Crédito fiscal por el arrendamiento de terminales de procesamiento electrónico de pagos).- El crédito a que refieren los artículos 12 y 13 del Decreto N° 288/012, de 29 de agosto de 2012, se otorgará hasta el 31 de diciembre de 2019, por un monto equivalente al que surja de aplicar sobre el costo del arrendamiento de las terminales incluidas en los literales a) y c) del artículo 2° del presente decreto los siguientes porcentajes:
a) hasta el 31 de diciembre de 2018, 70%;
b) hasta el 31 de diciembre de 2019, 40%.
Cuando se trate de contribuyentes incluidos en el literal E) del artículo 52 del Título 4 del Texto Ordenado 1996, en los artículos 70 y siguientes de la Ley N° 18.083, de 27 de diciembre de 2006 (Monotributo), y en la Ley N° 18.874, de 23 de diciembre de 2011 (Monotributo Social MIDES), el mencionado crédito se otorgará hasta el 30 de junio de 2026, por un monto equivalente al que surja de aplicar sobre el costo del arrendamiento de las terminales incluidas en los literales a) y c) del artículo 2° del presente Decreto los siguientes porcentajes:
a) hasta el 30 de junio de 2019, 100%;
b) hasta el 30 de junio de 2025, 70%;
c) hasta el 30 de junio de 2026, 40%. Los contribuyentes a que refiere el inciso anterior, ubicados en localidades situadas en un radio máximo de 20 (veinte) kilómetros de los pasos de frontera terrestre con la República Federativa de Brasil, dispondrán hasta el 31 de diciembre de 2026, de un crédito fiscal por el 100% (cien por ciento) del monto relacionado con el costo del arrendamiento de las terminales de procesamiento electrónico de pagos (POS). El crédito fiscal referido en los incisos anteriores será de aplicación siempre que:
a. el costo de arrendamiento no supere el monto máximo que corresponda de acuerdo a lo dispuesto en los incisos uno a cuatro del artículo 5° del presente Decreto; y b. las terminales de procesamiento electrónico de pagos arrendadas por las empresas beneficiarias hayan registrado transacciones durante el plazo de 120 (ciento veinte) días inmediatamente anterior al período por el que se solicita el crédito.