Incorporacion al acervo juridico nacional la resolucion gmc n° 10/20, y adoptase el estandar 3.7 "requisitos fitosanitarios armonizados por categoria de riesgo para el ingreso de articulos reglamentados". (derogacion de la resolucion gmc n° 52/02)
Adóptase el Estándar 3.7 "Requisitos Fitosanitarios Armonizados por Categoría de Riesgo para el Ingreso de artículos reglamentados", (*) que figura en el Anexo y forma parte integral de este Decreto.
El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo dispuesto por el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.