Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Cometidos del Director Ejecutivo) Serán cometidos del Director Ejecutivo:
a) Elaborar y someter a consideración del Comité Directivo el diseño de los instrumentos del programa, el plan anual de actividades, la propuesta de presupuesto y la planificación financiera incluyendo los planes de comunicación del programa.
b) Convocar al Comité Directivo al menos dos veces al año a efectos de rendir cuentas de lo actuado.
c) Dirigir el equipo de trabajo del programa.
d) Aprobar los contratos, reglamentaciones y procedimientos necesarios para el funcionamiento general del programa y someterlos a consideración del Comité Directivo, cuando así éste se lo encomiende.
e) Realizar las gestiones requeridas para el funcionamiento del programa ante los organismos públicos competentes.
f) Realizar el seguimiento y control a los diferentes instrumentos que componen el programa, así como tomar las decisiones que sean necesarias para una correcta ejecución en tiempo y forma de los distintos componentes del programa.
g) Supervisar el desempeño de las inversiones efectuadas por los distintos componentes del programa
h) Gestionar los vehículos de inversión para los diversos desembolsos del programa, de acuerdo al diseño de los diferentes instrumentos y los contratos existentes, que contarán con la previa autorización del Comité Directivo.
i) Cumplir con todas las tareas inherentes a la administración del programa.
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