Artículo 1Modificado
Apruébase el formulario previsto en el artículo 1 del Decreto N° 195/020, de 15 de julio de 2020, en la redacción dada por el artículo 3 del Decreto N° 200/021, de 25 de junio de 2021, que se adjunta y forma parte del presente Decreto, que tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser publicado en la página web institucional del Ministerio de Salud Pública. Se exhorta a que las personas que pretendan ingresar al país, completen el formulario dentro de las 48 horas previas de iniciado el viaje. (*)
Notas de IMPO
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 227/021 de 16/07/2021. Ver: Decreto Nº 357/021 de 27/10/2021 artículo 3 (sustituye el formulario).