Créase una Comisión Ministerial de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante, la Comisión) cuyo objetivo principal será el de contribuir a la coordinación y articulación de las acciones gubernamentales en materia de ciencia, tecnología e innovación.
La Comisión estará integrada por los Subsecretarios de los Ministerios de Relaciones Exteriores, de Economía y Finanzas, de Educación y Cultura, de Industria, Energía y Minería, de Trabajo y Seguridad Social, de Salud Pública, de Ganadería, Agricultura y Pesca, de Turismo, de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y el Subdirector de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Participarán de sus reuniones los responsables de la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología y de la Secretaría de Transformación Productiva y Competitividad.
Las Secretarías referidas proporcionarán el apoyo técnico, así como los recursos humanos y materiales necesarios para el funcionamiento de la Comisión.
La Comisión tendrá los siguientes cometidos principales:
A) Coordinar la elaboración de propuestas sobre objetivos, políticas y estrategias para el desarrollo de la ciencia y la tecnología, y la promoción de la innovación, en el marco de los objetivos del desarrollo nacional, para su posterior presentación al Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad o al Poder Ejecutivo, según corresponda.
B) Evaluar los proyectos de políticas de ciencia, tecnología e innovación, incluyendo planes estratégicos a mediano y largo plazo, preparados por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, la Secretaría de Transformación Productiva y Competitividad, u otros organismos públicos, en el marco de sus respectivas competencias, para su posterior presentación al Gabinete Ministerial de Transformación Productiva y Competitividad o al Poder Ejecutivo, según corresponda.
C) Contribuir a la identificación de problemas sanitarios, ambientales, productivos y sociales, e informar al respecto a la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, para la búsqueda de soluciones a través de la aplicación del conocimiento desde centros especializados, y a otras instituciones que corresponda.
D) Coordinar con la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología la divulgación de los avances en políticas de ciencia, tecnología e innovación.
Deróganse los Decretos N° 136/005, de 14 de abril de 2005, y N° 333/010, de 9 de noviembre de 2010.
Comuníquese, publíquese, etc.