Artículo 1
Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste extraordinario en sus tarifas a regir a partir del 1° de setiembre de 2019, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, con excepción de Montevideo, y en la Ciudad de Paysandú conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II que forman parte del presente Decreto.
- Ver además:
- Nº 239/019 ↗
Notas de IMPO
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 239/019 de 26/08/2019.