Artículo 1
Encomendar a la Administración Nacional de Puertos la prestación del servicio de colocación y utilización del precinto electrónico en las cargas que las unidades de transporte movilicen dentro del territorio nacional entre recintos portuarios bajo su administración; como servicio portuario a la mercadería.
- Ver además:
- Código Aduanero, art. 1
Notas de IMPO
Reglamentario/a de: Código Aduanero de 19/09/2014 artículo 1.