Artículo 1
Apruébase los cuadros tarifarios a regir a partir del 1° de julio de 2021, por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A. para transporte firme e interrumpible de gas, que se consignan en Anexo adjunto que forma parte del presente Decreto.
- Ver además:
- Nº 267/021 ↗
Notas de IMPO
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 267/021 de 16/08/2021.