Artículo 1
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL) el inmueble empadronado con el N° 6804 (P) ubicado en la 6ª Sección Catastral del departamento de Río Negro, zona rural.
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Decreto 291/2019
Texto en IMPO ↗Diario Oficial ↗