Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de Recursos, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, para el Ejercicio 2025, de acuerdo con el siguiente detalle:
Conceptos Pesos
INGRESOS OPERATIVOS
145.552.271.413 a precios de venta público
145.552.271.413 Subsidio Art. 5 Ley 16.211 0
EGRESOS
144.732.900.164 Operativos
143.541.114.164 Inversiones
1.191.786.000
RESULTADO PRESUPUESTAL
819.371.249
FINANCIAMIENTO
0 La apertura según concepto, así como los niveles de precios a los cuales se expresan las citadas partidas son los siguientes:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA - COMBUSTIBLES
Pesos Pesos
1.- RECURSOS (Derivados + Lubricantes)
134.678.086.507
a) Ingresos Propios
134.678.086.507 1 Ventas Netas
89.541.781.680 2 Otros Ingresos del Giro 0 3 Imesi e Iva
45.136.304.827 4 Otros Ingresos Ajenos al Giro 5 Subsidio Art. 5 Ley 16.211
-
b) Financiamiento externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.10 S/Programa Energía - (Derivados + Lubricantes)
116.488.747.435
1.100 Servicios Personales
3.459.819.291 1 Retribuciones de cargos permanentes
1.208.340.744 01 Sueldo básico de cargos
1.208.340.744 05 Gastos de representación en el país con aportes 0 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes
4.716.000 01 Sueldo básico funciones contratadas
4.716.000 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
921.848.160 02 Compensaciones
161.553.277 03 Productividad y dedicación
198.088.458 04 Antigüedad
27.460.218 05 Complementos
450.377.019 06 Diferencia por subrogración
12.452.817 08 Aumentos especiales
71.916.372 5 Retribuciones diversas especiales
397.042.336 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
61.159.358 03 Licencias generadas y no gozadas
21.124.073 07 Becas de trabajo y pasantías
3.777.517 08 Horas Extras
80.472.209 09 Sueldo anual complementario
230.509.179 6 Beneficios al personal
313.625.303 04 Contribuciones por asistencia médica
- 07 Compensación por alimentación con aportes
283.676.784 09 Otros beneficios al personal
29.948.519 7 Beneficios familiares
11.629.369 01 Prima por matrimonio
69.245 02 Hogar constituido
11.490.878 03 Prima por nacimiento
69.245 04 Prestaciones por hijo
- 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
602.617.380 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
409.682.844 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
29.282.527 07 Aporte patronal a FONASA
134.369.481 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
29.282.527 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
1.101 Bienes de Consumo
67.108.890.126
1. Partidas No Limitativas 4 Productos energéticos
11.169.590.249 5 Productos químicos derivados del petróleo y conexos (Lubricantes)
508.507.450 6 Productos minerales
54.741.737.190
1. Partidas Limitativas varios
689.055.237
1.102 Servicios No Personales
45.531.727.421
2. Partidas No Limitativas 1 Servicios básicos
776.204.449 4 Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
2.113.545.628 6 01/01 IVA de inversiones
126.993.801 6 01/03 IVA de gastos (deducible)
1.809.602.171 6 01/04 IVA de gastos (no deducible) 0 6 01/05 IVA a pagar 0 6 01/07 Tributos judiciales 0 6 01/08
IMESI
35.192.188.739 6 01/12 Canon de producción 0 6 02/01 Impuesto a la renta
221.280 6 02/02 Impuesto al Patrimonio
693.593.544 6 03 Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
90.941.085 6 03/04 Tasa de Inflamables 0 6 09 Otros
3.310.797.005
2. Partidas Limitativas varios
1.417.639.719
1.103 Bienes de Uso
230.741.590
1.104 Activos Financieros
-
-
1.105 Transferencias
- 1 Transferencias corrientes al sector público
- 2 Transferencias corrientes al sector privado
- 3 Transferencias de capital al sector público
-
1.106 Int. y Otros Gtos de Deuda
-
-
1.107 Gastos No Clasificados
157.569.007
1.108 Aplicaciones Financieras
-
-
PROGRAMA 1.11 ENERGIA - GAS NATURAL
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
1.930.500.105
a) Ingresos Propios
1.930.500.105 1 Ventas Netas
1.678.635.813 2 Iva
251.864.292
b) Financiamiento Externo
-
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.11 S/Programa Energía - Gas Natural.-
1.976.392.684
1.100 Servicios Personales
38.425.672 1 Retribuciones de cargos permanentes
14.619.075 01 Sueldo básico de cargos
14.619.075 05 Gastos de representación en el país con aportes
- 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes
- 01 Sueldo básico funciones contratadas
- 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
- 01 Retribuciones zafrales y temporales
- 4 Retribuciones complementarias
9.768.362 02 Compensaciones
2.373.596 03 Productividad y dedicación
2.360.606 04 Antigüedad
464.529 05 Complementos
3.659.182 06 Diferencia por subrogración
- 08 Aumentos especiales
910.450 5 Retribuciones diversas especiales
5.892.161 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
866.784 03 Licencias generadas y no gozadas
668.604 07 Becas de trabajo y pasantías
- 08 Horas Extras
915.305 09 Sueldo anual complementario
3.441.467 6 Beneficios al personal
2.773.196 04 Contribuciones por asistencia médica
- 07 Compensación por alimentación con aportes
2.508.396 09 Otros beneficios al personal
264.800 7 Beneficios familiares
165.715 01 Prima por matrimonio
- 02 Hogar constituido
165.715 03 Prima por nacimiento
- 04 Prestaciones por hijo
- 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
5.207.163 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
2.786.385 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
371.518 07 Aporte patronal a FONASA
1.677.742 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
371.518 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
1.111 Bienes de Consumo
1.081.655.453
1. Partidas No Limitativas 6 Productos minerales
1.080.324.000
1. Partidas Limitativas varios
1.331.453
1.112 Servicios No Personales
856.082.676
2. Partidas No Limitativas 1 Servicios básicos
178.113 4 Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
470.945.084 6 01/01 IVA de inversiones
- 6 01/03 IVA de gastos (deducible)
348.676.096 6 01/04 IVA de gastos (no deducible)
- 6 01/05 IVA a pagar
- 6 01/07 Tributos judiciales
- 6 01/08
IMESI
- 6 01/12 Canon de producción
- 6 02/01 Impuesto a la renta
- 6 02/02 Impuesto al Patrimonio
- 6 03 Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
3.928.300 6 03/04 Tasa de Inflamables
- 6 09 Otros
30.629.181
2. Partidas Limitativas varios
1.725.902
1.113 Bienes de Uso
42.870
1.114 Activos Financieros
-
-
1.115 Transferencias 0 1 Transferencias corrientes al sector público 2 Transferencias corrientes al sector privado 3 Transferencias de capital al sector público
1.116 Int. y Otros Gtos de Deuda
-
-
1.117 Gastos No Clasificados
186.014
186.014
1.118 Aplicaciones Financieras
-
-
PROGRAMA 1.12 ENERGIA - SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
7.282.651.878
a) Ingresos Propios
159.867.308 De Terceros
b) Financiamiento Externo
7.122.784.570
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.12 S/Programa Energía - Servicios Comunes a la Empresa.-
21.788.304.367
1.100 Servicios Personales
2.113.871.752 1 Retribuciones de cargos permanentes
1.006.852.660 01 Sueldo básico de cargos
1.003.660.108 05 Gastos de representación en el país con aportes
3.192.552 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
395.574.786 02 Compensaciones
135.293.219 03 Productividad y dedicación
137.183.280 04 Antigüedad
21.701.273 05 Complementos
43.441.330 06 Diferencia por subrogración
12.658.586 08 Aumentos especiales
45.297.098 5 Retribuciones diversas especiales
229.665.284 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
5.984.653 03 Licencias generadas y no gozadas
19.838.359 07 Becas de trabajo y pasantías
4.782.235 08 Horas Extras
55.764.740 09 Sueldo anual complementario
143.295.298 6 Beneficios al personal
206.854.413 04 Contribuciones por asistencia médica
1.700.760 07 Compensación por alimentación con aportes
187.673.628 09 Otros beneficios al personal
17.480.025 7 Beneficios familiares
7.119.526 01 Prima por matrimonio
89.526 02 Hogar constituido
6.935.503 03 Prima por nacimiento
69.245 04 Prestaciones por hijo
25.252 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
264.210.629 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
140.391.420 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
18.718.856 07 Aporte patronal a FONASA
86.381.497 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
18.718.856 9 Otras retribuciones
3.594.453 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
3.594.453
1.121 Bienes de Consumo
92.578.107
1.122 Servicios No Personales
11.280.300.971
2. Partidas No Limitativas 4 Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento 6 01/01 IVA de inversiones
104.735.697 6 01/03 IVA de gastos (deducible)
523.029.965 6 01/04 IVA de gastos (no deducible)
- 6 01/05 IVA a pagar
7.222.752.703 6 01/07 Tributos judiciales
- 6 01/08
IMESI
- 6 01/12 Canon de producción
- 6 02/01 Impuesto a la renta
- 6 02/02 Impuesto al Patrimonio
- 6 03 Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
237.011.834 6 03/04 Tasa de Inflamables
- 6 04 Primas y otros gastos
1.405.349.943 6 09 Otros
-
2. Partidas Limitativas varios
1.787.420.829
1.123 Bienes de Uso
4.742.173
4.742.173
1.124 Activos Financieros
16.696.775
16.696.775
1.125 Transferencias
693.715.156 1 Transferencias corrientes al sector público
682.107.846 2 Transferencias corrientes al sector privado
- 5 Transferencias de capital al sector público
2.107.846 7 Transferencias a unidades familiares
9.499.464
1.126 Int. y Otros Gtos de Deuda
474.195.339
1.127 Gastos No Clasificados
127.619.549
1.128 Aplicaciones Financieras
6.984.584.545
PROGRAMA 1.13 ENERGIA - FACTOR HUMANO A REAPLICAR.-
Pesos Pesos
1.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO
DENOMINACION
1.13 S/Programa Energía - Factor Humano a Reaplicar.-
132.307.030
1.100 Servicios Personales
132.307.030 1 Retribuciones de cargos permanentes
64.079.097 01 Sueldo básico de cargos
64.079.097 05 Gastos de representación en el país con aportes 0 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
24.431.468 02 Compensaciones
6.804.394 03 Productividad y dedicación
8.745.070 04 Antigüedad
1.636.622 05 Complementos
2.467.937 06 Diferencia por subrogración
1.912.906 08 Aumentos especiales
2.864.539 5 Retribuciones diversas especiales
17.409.742 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
129.247 03 Licencias generadas y no gozadas
3.883.940 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras
3.502.272 09 Sueldo anual complementario
9.894.284 6 Beneficios al personal
9.648.809 04 Contribuciones por asistencia médica
- 07 Compensación por alimentación con aportes
8.893.404 09 Otros beneficios al personal
755.405 7 Beneficios familiares
454.533 01 Prima por matrimonio 0 02 Hogar constituido
454.533 03 Prima por nacimiento 0 04 Prestaciones por hijo
- 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
16.283.380 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
8.680.708 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
1.157.428 07 Aporte patronal a FONASA
5.287.816 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
1.157.428 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
PROGRAMA 1.3 - PORTLAND
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
1.661.032.924
a) Ingresos Propios
1.661.032.924 1 Ventas Netas
1.361.502.396 2 Transferencias Interdivisionales 3 Iva
299.530.527
b) Financiamiento Externo
-
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.30 Programa Portland
3.155.362.649
1.300 Servicios Personales
715.905.904 1 Retribuciones de cargos permanentes
262.437.784 01 Sueldo básico de cargos
262.437.784 05 Gastos de representación en el país con aportes 0 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
188.415.922 02 Compensaciones
23.026.788 03 Productividad y dedicación
42.425.088 04 Antigüedad
6.099.052 05 Complementos
94.620.352 06 Diferencia por subrogración
6.077.841 08 Aumentos especiales
16.166.802 5 Retribuciones diversas especiales
85.708.282 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
15.007.204 03 Licencias generadas y no gozadas
5.198.540 07 Becas de trabajo y pasantías
1.046.376 08 Horas Extras
15.339.818 09 Sueldo anual complementario
49.116.343 6 Beneficios al personal
83.762.985 04 Contribuciones por asistencia médica
- 07 Compensación por alimentación con aportes
75.023.844 09 Otros beneficios al personal
8.739.141 7 Beneficios familiares
2.421.809 01 Prima por matrimonio
15.388 02 Hogar constituido
2.391.034 03 Prima por nacimiento
15.388 04 Prestaciones por hijo
- 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
93.159.121 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
49.560.278 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
6.608.037 07 Aporte patronal a FONASA
30.382.769 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.608.037 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
1.301 Bienes de Consumo
747.261.361
1. Partidas No Limitativas 4 Productos energéticos
380.058.565
1. Partidas Limitativas varios
367.202.796
1.302 Servicios No Personales
1.574.299.578
2. Partidas No Limitativas 1 Servicios básicos
257.682.811 4 Transp. de carga, serv. complementarios y almacenamiento
197.575.019 6 01/01 IVA de inversiones
30.463.422 6 01/03 IVA de gastos (deducible)
329.257.053 6 01/04 IVA de gastos (no deducible)
- 6 01/05 IVA a pagar
- 6 01/07 Tributos judiciales
- 6 01/08
IMESI
- 6 01/12 Canon de producción
25.297.471 6 02/01 Impuesto a la renta
- 6 02/02 Impuesto al Patrimonio
- 6 03 Contr.Inmobiliaria, Trib. Mun. y Patentes
2.201.341 6 03/04 Tasa de Inflamables
- 6 09 Otros
108.919.917
2. Partidas Limitativas varios
622.902.545
1.303 Bienes de Uso
51.259.795
1.304 Activos Financieros
-
-
1.305 Transferencias
- 1 Transferencias corrientes al sector público
- 2 Transferencias corrientes al sector privado
- 3 Transferencias de capital al sector público
-
1.306 Int. y Otros Gtos de Deuda
-
-
1.307 Gastos No Clasificados
66.636.011
1.308 Aplicaciones Financieras
-
-
Inversiones.
Apruébese el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por un monto de $ 1.191.786.000 (Pesos Uruguayos mil ciento noventa y un millones setecientos ochenta y seis mil). El detalle a nivel de grupos según el Clasificador del Gasto Público aprobado por Decreto N° 395/998, del 30 de diciembre de 1998, es el siguiente:
GRUPO
DENOMINACION
PESOS
0 Servicios Personales
- 1 Bienes de Consumo
- 2 Servicios No Personales
- 3 Bienes de Uso
1.191.786.000 4 Activos Financieros
-
TOTAL
1.191.786.000 La apertura de Inversiones por proyecto, fuente de financiamiento y por moneda extranjera, se detalla en los cuadros anexos y forman parte integrante de este decreto. Los estados presupuestales que se adjuntan forman parte integrante de este decreto en tanto no se opongan específicamente a las disposiciones contenidas en el mismo.
Las inversiones se regularán en lo pertinente, por las normas dispuestas en el Decreto N° 123/012, de 16 de abril de 2012, sus modificativos y concordantes, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se ajustarán a las siguientes disposiciones:
1. Las trasposiciones de créditos presupuestales de inversión regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio
2. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio y deberán ser comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
3. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de distintos programas, deberán ser autorizadas por el Directorio previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La solicitud deberá ser presentada ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en forma fundada e identificando en qué medida el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos reforzantes y reforzados se verán afectados por la trasposición solicitada.
4. Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio de fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los cambios de fuente de financiamiento sólo se podrán autorizar si existe disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia.
5. Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de inversión financiados total o parcialmente con endeudamiento externo, podrán ser utilizadas para reforzar asignaciones presupuestales de proyectos financiados exclusivamente con recursos internos, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Todas las trasposiciones realizadas en el Presupuesto de Inversiones deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los anexos I, II y III adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
Resultado presupuestal y financiamiento.
De acuerdo al nivel de ingresos proyectado y las Asignaciones Presupuestales del Plan Operativo, el mismo presenta un resultado operativo superavitario total de $ 2.011.157.249 (pesos uruguayos dos mil once millones ciento cincuenta y siete mil doscientos cuarenta y nueve), considerando dentro de los ingresos un subsidio implícito por tarifas de $ 0 (artículo 5° de la Ley N° 16.211, con la redacción dada por artículo 349 de la Ley N° 19.996). El Programa Energía presenta un resultado operativo superavitario de $3.505.486.974 (pesos uruguayos tres mil quinientos cinco millones cuatrocientos ochenta y seis mil novecientos setenta y cuatro) que subsidia internamente (de acuerdo al artículo 5° de la Ley N° 16.211) el resultado operativo deficitario de $ 1.494.329.725 (pesos uruguayos mil cuatrocientos noventa y cuatro millones trescientos veintinueve mil setecientos veinticinco) del Programa Portland.
Presupuesto de compras (operativo e inversiones).
Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland correspondientes al Ejercicio 2025, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pesos
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA - (Operativo e Inversiones).-
141.439.067.417
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
5.744.423.745 1 Retribuciones de cargos permanentes
2.293.891.575 01 Sueldo básico de cargos
2.290.699.023 05 Gastos de representación en el país con aportes
3.192.552 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes
4.716.000 01 Sueldo básico funciones contratadas
4.716.000 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
1.351.622.776 02 Compensaciones
306.024.485 03 Productividad y dedicación
346.377.413 04 Antigüedad
51.262.642 05 Complementos
499.945.468 06 Diferencia por subrogración
27.024.309 08 Aumentos especiales
120.988.459 5 Retribuciones diversas especiales
650.009.523 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
68.140.041 03 Licencias generadas y no gozadas
45.514.976 07 Becas de trabajo y pasantías
8.559.753 08 Horas Extras
140.654.526 09 Sueldo anual complementario
387.140.227 6 Beneficios al personal
532.901.722 04 Contribuciones por asistencia médica
1.700.760 07 Compensación por alimentación con aportes
482.752.212 09 Otros beneficios al personal
48.448.750 7 Beneficios familiares
19.369.143 01 Prima por matrimonio
158.771 02 Hogar constituido
19.046.629 03 Prima por nacimiento
138.491 04 Prestaciones por hijo
25.252 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
888.318.552 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
561.541.358 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
49.530.329 07 Aporte patronal a FONASA
227.716.536 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
49.530.329 9 Otras retribuciones
3.594.453 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
3.594.453 1
BIENES DE CONSUMO
68.283.123.687 1 Alim.y Prod. Agrop.Forest.y Mar.
34.175.583 2 Prod.Textil, Prend. de Vest.y Cuero
28.721.392 3 Prod. Papel, Libros e Impresos
17.835.971 4 Prod. Energéticos
11.174.151.835 5 Prod. Químicos y Conexos
1.085.480.494 6 Productos Minerales
55.822.304.699 7 Prod. Metálicos
58.035.150 9 Otros Bienes de Consumo.-
62.418.563 2
SERVICIOS NO PERSONALES
57.668.111.069 1 Servicios Básicos
850.106.922 2 Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
63.194.813 3 Pasajes, Viáticos y Otros Gtos de Trasl.
134.166.566 4 Transp. de carga, Serv. Comp. y Almac.
2.584.490.712 5 Arrendamientos
43.559.758 6 Tributos Municipales y Nacionales
51.082.436.938 7 Serv. P/Mant.Repar. Menores y Limpieza.-
1.228.436.080 8 Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
380.046.880 9 Otros Servicios No Personales
1.301.672.399 3
BIENES DE USO
1.288.842.532 1 Maquinarias y equipos de producción 0 2 Maquinas, mobiliario y equipos de oficina 0 3 Equipamiento sanitarios, y científicos 0 4 Equipamiento educacional, cultural y recreativo 0 5 Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones 0 6 Motores y repuestos mayores
235.526.632 7 Tierras, edificios y otros bienes preexistentes 0 8 Construcciones, mejoras y reparaciones mayores 0 9 Otros bienes de uso
1.053.315.900 4
ACTIVOS FINANCIEROS
16.696.775 01 Compra de acciones y participación de capital 0 03 Préstamos otorgados a corto plazo
16.696.775 5
TRANSFERENCIAS
693.715.156 1 Transferencias corrientes al sector público
682.107.846 2 Transferencias corrientes al sector privado 0 5 Transferencias de capital al sector público
2.107.846 7 Transferencias a unidades familiares
9.499.464 6
INT. Y OTROS GASTOS DE DEUDA
474.195.339 02 Intereses Deuda Interna
474.195.339 04 Intereses Deuda Externa 0 7
GASTOS NO CLASIFICADOS
285.374.569 1 Sent. judiciales y acontec. graves e imprevistos
158.487.023 2 Otros gastos extraordinarios 0 4 Partidas a Reaplicar
126.887.546 8
APLICACIONES FINANCIERAS
6.984.584.545 02 Amortización Deuda Interna
6.984.584.545 04 Amortización Deuda Externa 0 06 Obligaciones a pagar de ejercicios anteriores 0 Pesos
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND - (Operativo e Inversiones).-
3.293.832.749
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
715.905.904 1 Retribuciones de cargos permanentes
262.437.784 01 Sueldo básico de cargos
262.437.784 05 Gastos de representación en el país con aportes 0 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
188.415.922 02 Compensaciones
23.026.788 03 Productividad y dedicación
42.425.088 04 Antigüedad
6.099.052 05 Complementos
94.620.352 06 Diferencia por subrogración
6.077.841 08 Aumentos especiales
16.166.802 5 Retribuciones diversas especiales
85.708.282 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
15.007.204 03 Licencias generadas y no gozadas
5.198.540 07 Becas de trabajo y pasantías
1.046.376 08 Horas Extras
15.339.818 09 Sueldo anual complementario
49.116.343 6 Beneficios al personal
83.762.985 04 Contribuciones por asistencia médica
- 07 Compensación por alimentación con aportes
75.023.844 09 Otros beneficios al personal
8.739.141 7 Beneficios familiares
2.421.809 01 Prima por matrimonio
15.388 02 Hogar constituido
2.391.034 03 Prima por nacimiento
15.388 04 Prestaciones por hijo
- 09 Otros beneficios familiares
- 8 Cargas legales sobre servicios personales
93.159.121 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
49.560.278 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
6.608.037 07 Aporte patronal a FONASA
30.382.769 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.608.037 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0 1
BIENES DE CONSUMO
747.261.361 1 Alimentos y Productos Agropecuarios,etc.
14.313.539 2 Productos Textiles, Prend. de Vestir,etc.
772.821 3 Productos de Papel, Libros e Impresos
57.324.612 4 Productos Energéticos
380.058.565 5 Productos Químicos y Conexos
53.820.560 6 Productos Minerales
176.467.232 7 Productos Metálicos
52.869.469 9 Otros Bienes de Consumo.
11.634.561 2
SERVICIOS NO PERSONALES
1.574.299.578 1 Servicios Básicos
257.682.811 2 Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
0 3 Pasajes, Viáticos,etc.
10.026.514 4 Transporte de carga,etc.
197.575.019 5 Arrendamientos
16.046.221 6 Tributos,Seguros y Comisiones
496.139.203 7 Ss Mantenimiento, Reparaciones Menores,etc.
130.090.087 8 Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
14.627.696 9 Otros Servicios No Personales
452.112.027 3
BIENES DE USO
189.729.895 1 Maquinarias y equipos de producción 0 2 Maquinas, mobiliario y equipos de oficina 0 3 Equipamiento sanitarios, y científicos 0 4 Equipamiento educacional, cultural y recreativo 0 5 Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones 0 6 Motores y repuestos mayores
51.259.795 7 Tierras, edificios y otros bienes preexistentes 0 8 Construcciones, mejoras y reparaciones mayores 0 9 Otros bienes de uso
138.470.100 4
ACTIVOS FINANCIEROS
0 01 Compra de acciones y participación de capital 0 03 Préstamos otorgados a corto plazo 5
TRANSFERENCIAS
0 1 Transferencias corrientes al sector público 2 Transferencias corrientes al sector privado 5 Transferencias de capital al sector público 6
INT. Y OTROS GASTOS DE DEUDA
0 02 Intereses Deuda Interna 04 Intereses Deuda Externa 7
GASTOS NO CLASIFICADOS
66.636.011 1 Sent. judiciales y acontec. graves e imprevistos
35.395.057 2 Otros gastos extraordinarios 0 4 Partidas a Reaplicar
31.240.954 8
APLICACIONES FINANCIERAS
0 02 Amortización Deuda Interna 04 Amortización Deuda Externa
Presupuesto de compras.
El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención preventiva de legalidad del gasto a nivel total del Programa Energía y Programa Pórtland. Se presentará en forma global, a nivel de toda la Empresa con una apertura a nivel de objeto para los Grupos 0 "Servicios Personales", y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de Consumo", Grupo 2 "Servicios no Personales", Grupo 3 "Bienes de Uso", Grupo 4 "Activos Financieros", Grupo 5 "Transferencias", Grupo 6 "Intereses y Otros Gastos de la Deuda", Grupo 7 "Gastos no Clasificados" y el Grupo 8 "Aplicaciones Financieras". Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.
Metodología de elaboración y ejecución del presupuesto.
El criterio de imputación en el Presupuesto de Compras será el de afectar los créditos autorizados por los compromisos contraídos que respondan a ejecuciones del ejercicio. Se contabilizan además los compromisos asumidos en el ejercicio que se prevén incorporar en ejercicios siguientes. El control de disponibilidad se realizará en forma previa al compromiso, considerando lo comprometido en cada ejercicio con respecto a la asignación correspondiente.
Para la elaboración y ejecución del presupuesto anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo.
Partidas no limitativas.
Las siguientes no constituyen partidas limitativas, para los objetos de los siguientes subgrupos, únicamente en los programas / subprogramas que se indican entre paréntesis:
a) Subgrupo 1.4.-Productos energéticos ("Combustible" y "Portland")
b) Subgrupo 1.5.-Productos químicos ("Lubricantes")
c) Subgrupo 1.6. Productos minerales ("Combustible" y "Gas Natural")
d) Subgrupo 2.1. Servicios básicos ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland")
e) Subgrupo 2.4. Transporte de carga, servicios complementarios y almacenamiento ("Energía" y "Portland")
f) Subgrupo 2.6. Tributos, multas, recargos, seguros y comisiones, excepto objeto 2.6.04 Primas y otros gastos de seguro ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland") y 2.6.06 Comisiones ("Energía" y "Portland")
g) Subgrupo 2.9. Otros servicios no personales ("Gas Natural")
h) Objeto 5.1.09.002 - Versión de Resultados (Art. 643 de la Ley N°
16.170) ("Servicios Comunes a la Empresa")
i) Objeto 5.7.05 - Transferencias unidades familiares por cese de actividad ("Portland")
j) Grupo 6 ("Energía" y "Portland")
k) Grupo 8 ("Energía" y "Portland") Todas las partidas detalladas anteriormente y definidas como no limitativas, no podrán ser utilizadas como reforzantes.
El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con sus necesidades dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Las ampliaciones de créditos de partidas no limitativas regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Nivel de Precios.
La totalidad de los recursos se expresan a precios promedio del período enero-junio 2025. El Grupo 0 "Servicios Personales", así como todos los montos vinculados a remuneraciones y beneficios mencionados en el articulado, se expresan recogiendo los aumentos salariales registrados en enero de 2025. Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de $ 42,87 (pesos uruguayos cuarenta y dos con 87/100) por dólar estadounidense. Las demás asignaciones en moneda nacional están expresadas a precios promedio del período enero - junio de 2025 (IPC = 112,90, BPC = $ 6.576, UR = $ 1.795,09, IMS = 489,39, UI: $ 6,31).
Adecuaciones presupuestales.
Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de los grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los importes de cada objeto, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precios promedio corrientes del año. Dichos ajustes se realizarán en función de los aumentos salariales dispuestos, la variación estimada del Índice de Precios al Consumo y el Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado.
El Directorio en un plazo no mayor de 30 días, deberá elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder a su previo informe favorable; obtenido el mismo regirán las partidas adecuadas.
Todas las actualizaciones de ingresos y asignaciones presupuestales deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por la Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
Grupo 0 - tope.
Ninguna persona física que preste servicios personales al Ente, cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación, podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes, por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60% (sesenta por ciento) de la retribución total sujeta a montepío del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 y en el Decreto N° 20/024, de 17 de enero de 2024.
Grupo 0 - Personal de confianza.
Contratación de personal de confianza. La contratación de personal de confianza en tareas de secretaría, asesoría, etc., se regirá por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 en redacción dada por el artículo 512 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, no pudiéndose ejecutar una partida superior al 90% del tope legal por Director.
El contrato que se celebre cesará por vencimiento del plazo establecido, por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Asimismo, las compensaciones otorgadas quedarán sin efecto por el cese de las funciones del Director contratante, o por disposición del Directorio, según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna. Los honorarios incluyendo el IVA, los salarios y las compensaciones dispuestos en el marco del artículo 23 de la Ley N° 17.556 se imputarán al Objeto del Gasto 0.4.2.088 "Compensación Adscriptos al Directorio"
Grupo 0 - viáticos y rendición de cuentas (asesores y secretarios de directores).
Se condiciona el pago de viáticos a Asesores y Secretarios de Directores por cumplimiento de misiones en el Interior o Exterior del país, a que los mismos estén sujetos a rendición de cuentas, sin exceder el tope máximo admitido para los funcionarios del Organismo según Resolución (D) 1088/10/2015.
Sistema de remuneración variable - (SRV).
El monto que podrá ser distribuido por el S.R.V., será inferior a un máximo del 12,77 % de las partidas salariales susceptibles de ajustes salariales generales - excluido el propio S.R.V. - (partidas de índole salarial incluidas en el Grupo 0 "Servicios Personales"), excluyendo aquellas que se ajustan por coeficientes específicos (a vía de ejemplo los Beneficios Familiares; Prima por Antigüedad; Quebranto de Caja; Compensación por Vivienda; Viático por Alimentación; Consumo de Bienes que produce o presta la Empresa, etc.) Aguinaldo y Cargas Legales sobre Servicios Personales.
Determinación del SRV Individual La Remuneración Variable será pagada en función de la puntuación obtenida por cada funcionario en los tres bloques de indicadores: Desempeño institucional (empresa); Desempeño sectorial (división o unidad) y Desempeño individual. La ponderación de cada bloque, para el 2025 a liquidarse en el 2026, será del 30 %; 50 % y 20 % respectivamente. Para cada indicador se definirá un porcentaje mínimo por debajo del cual no se abonará SRV. Percibirán el SRV todos los trabajadores de las Empresas cuyas remuneraciones sean abonadas con cargo al Grupo 0 a excepción de los cargos políticos o de particular confianza; pasantes; becarios y zafrales cuya permanencia sea menor a 6 meses en el año en que se calcula el SRV.
Indicadores de Desempeño Institucional Al menos uno de los indicadores que se incluirá en el cálculo del SRV estará relacionado con los resultados de la Empresa y su meta deberá ser coherente con el presupuesto aprobado. Si existiese alguna variable externa de gran impacto sobre la cual la Empresa posee mínima o nula capacidad de influencia, se asumirá en su cálculo un valor estándar idéntico al presupuestado para que el mismo no se vea afectado.
Indicadores de Desempeño Sectorial Los indicadores medirán el desempeño físico en términos de productividad a nivel de sector, asociados además con el cuadro de mando de la empresa. Se establecerá una cláusula de salvaguarda por la cual a pesar de que la empresa haya tenido pérdidas, un sector o sectores percibirán el SRV dado el cumplimiento en forma excepcional de tareas de interés superior para la Empresa. Dicha excepción requerirá el previo acuerdo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Indicadores de Desempeño Individual Estos indicadores alentarán conductas de los trabajadores que repercutan positivamente en la gestión de la Empresa, vinculándose como mínimo a la capacitación relevante para la Empresa y calificación del funcionario estableciéndose pautas mínimas y máximas a alcanzar. De optar exclusivamente por el Presentismo o por no poseer la Empresa mecanismos de evaluación de desempeño individual, el mismo se considerará en forma independiente de los Indicadores Globales y Sectoriales penalizando en forma global el resultado derivado del grado de cumplimiento de las metas de los mismos.
Criterio de Distribución.
La distribución del SRV será en un mes distinto a aquellos donde se abone el aguinaldo y en momentos diferentes al sueldo. La frecuencia de distribución será de una vez al año salvo que se acuerde algo diferente en los ámbitos paritarios, pero nunca superando la frecuencia vigente. El pago del SRV será proporcional a la masa salarial individual calculada según el criterio expuesto en el inciso 1° del presente artículo.
Revisión.
Los indicadores y las metas se revisarán anualmente.
Aprobación del SRV.
En la fase de diseño del SRV, la administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto acordarán un plan de trabajo conjunto. Una vez acordado el diseño, el SRV y la verificación de las metas e indicadores serán aprobados por el Directorio. La partida incluida en el objeto "Sistema de Remuneración Variable", sólo podrá ejecutarse una vez que la Empresa haya obtenido el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el mismo haya sido comunicado al Tribunal de Cuentas. De existir revisiones anuales del SRV se deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y deberán ser comunicadas al Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas.
Aprobación del Pago.
Verificados el cumplimiento de los indicadores y previo al pago del SRV, la Empresa deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Prima por antigüedad.
La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2 % (dos por ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.
Quebranto de caja.
El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1° de junio de 1986.
Trabajo en horario extraordinario.
La realización del trabajo en horario extraordinario es habitualmente necesario para sostener el funcionamiento de las áreas operativas, y en forma excepcional la de servicios. La reglamentación general de horas extras, que fuera aprobada por Res (D) N° 1076/10/2010 y modificada por la Res (D) Nos. 620/5/2012, 196/2/2013 y 942/12/2023; establecen la regulación de dicho trabajo extraordinario.
Compensación choferes.
Las partidas presupuestadas en 0.4.2.042 - "Compensación Choferes", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, sustituyen el pago de horas extraordinarias y el pago de viáticos por los viajes de transporte de combustibles desde y hacia el interior del País.
Retribuciones y compensaciones.
Las partidas presupuestadas en el 0.4.2 "Retribuciones y Compensaciones" contiene los ítems: Radicación Interior - Res. (D) N° 1.136/12/82, Res. (D) N° 399/4/983, Compensación Desarraigo - Res. (D) N° 818/12/22; Gastos de Representación - los fija la O.P.P; Compensación Vivienda - Res. (D) N° 36/1/2023, Res. (D) N° 143/3/2023, Res. (D) N° 691/10/2022, Res. (D) N° 36/01/2020 y modificativa Res. (D) N° 361/6/2020, Res. (D) N° 208/4/997, Res. (D) N° 578/5/2011, Res. (D) N° 28/01/2024; Ajuste Compensaciones - Se utiliza para el ajuste de las compensaciones; Comp. Sueldo Variable - Res. (D) N° 450/04/85; - Res. (D) N° 1.751 /09/87 y Res. (D) N° 550/7/2006; - Res. (D) N° 779/07/94, Res. (D) N° 1292/12/995; Res. (D) N° 767/11/2023; Res. (D) N° 620/10/03 y Res. (GG) N° 156/2006; Guardia Derrame Hidrocarburos - Res. (D) N° 34/01/98 y Res. (D) N° 547/7/2007, Res. (D) N° 894/12/2020 y Res. (D) N° 17/01/2025; Compensación Riesgo al 100, 75 y 12 % - Res. (D) N° 749/05/88 y Res. (D) N° 987/6/990; Otros c/Montepío en más - Ajuste; Ficto Vivienda - Ley N° 16.713; Retribución Instructor Res. (D) N° 928/11/18; Devol. Tiempo no Trabajado Importe - Cuando se devuelve Dto. Tiempo N/ Trabajado; Compensación Temporada Estival - Res. (D) N° 1781/12/985, Res. (D) N° 2944/11/986, Res. (D) N° 290/04/05 y Res. (D) N° 818/2/22; Compensación Cantera Quegüay - Res. (D) N° 313/03/11, Res. (D) N° 1010/8/2011, Res. (D) N°. 822/6/2014; Guardia At. Emergencias - Res. (D) N° 817/12/2020; Compensación Licencia Médica - Res. (D) N° 1.095/11/09; Comp. Altos Ejecutivos - Ley N° 15.903 - Art. 26; Comp. Secret. Directorio - Res. (D) N° 117/02/98 y Res. (D) N° 818/9/2009; Horas Tarea Especial (Penosa) - Res. (D) N° 728/05/88, Res. (D) N° 707/4/991, Res. (D) N° 824/8/2010, Res. (D) N° 1048/10/2015 y Res. (GG) N° 006/2020; Horas Pusher al 8 % - Res. (D) N° 937/04/70, Res. (D) Nos. 1083/7/988 y 486/6/2005; Ajust. c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Hora de Riesgo al 75 % - Res. (D) N° 749/05/88; Ajust c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Horaria - Ajustes; Licencia No Gozada - Se paga la licencia que el funcionario no se toma; Retribución no Funcionarios - Res. (D) N° 287/3/2015; y Descuento Ficto Vivienda - Ley N° 16.713.- Compensación a Inspectores de Control de Combustibles y Alcoholes - Res. (D) Nos. 622/05/2012 y 649/05/2012; Compensación a Contadores Delegados - Res. (D) N° 1.437/10/2013; Compensación por Operación de Grúa Res. (D) N° 376/9/997 (Art. 11° Convenio) y Res. (D) N° 60/01/2013; Compensación por Locomoción a Profesionales Junior y Senior del Servicio Jurídico afectados a la procuración Res. (D) N° 1682/11/2013; Compensación Sueldos - Res. (D) N° 168/02/2014; Compensación por uso de autos particulares para desempeño de tareas - Res. (D) N° 1259/11/993, Res. (D) N° 138/2/2014 y Res. (D) N° 128/2/2019; Compensación a Asistentes de Intendencia asignados al 5° Piso, Res. (D) N° 156/02/2015, Compensación a choferes del Directorio y Gerencia General Res. (D) N° 482/7/2020, Res. (D) N° 10/01/2021; Comp. Coord choferes Res. (D) N° 325/5/2025; Compensación al personal afectado al trabajo administrativo en la Secretaría de la Gerencia General Res. (D) N° 487/6/2018 "Compensación tareas en Directorios y órganos de contralor de empresas vinculadas". Compensación Res. (D) N° 543/6/2018 y Res. (D) N° 388/6/2023; Res. (D) N° 196/3/2023 "Compensación Informática".
Regímenes laborales: buques, turnos, tablada y Paysandú.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.032 "Régimen Laboral buques" comprenden los ítems: Horas Extras Buques, Compensación Franqueo Tripulantes, Prima por Inflamables, Navegación - Res. (D) N° 49/01/1997 y Res. (D) N° 12/1/998; Convenio Laboral Provisorio embarcación Ky Chororo Res. (D) N° 1145/11/2015; Compensación Oficiales y Riesgo Navegación -Res (D) N° 1.363/10/1994, N° 480/8/2001, N° 77/1/2007 y N° 1039/8/2011; Compensación Desempeño buques según Convenio aprobado por Res. (D) N° 901/10/18 y su extensión al E/R Ky Chororo aprobada por Res. (D) N° 918/10/18.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.033 "Régimen Laboral turnos" comprenden los ítems: Compensación Rotación Turnos integrales, Asueto Rotativo, Turnos Rotativos, Compensación 6° día, Horas Sexto Día 2 x 1 - Res. (D) N° 194/2/2013, Res. (D) N° 984/7/2014 y 171/2/2015; Compensación por Transición - Res. (D) N° 65/01/2012; Horas extras en turnos - Res. (D) N° 1076/10/2010, modificada por Res. (D) N° 620/5/2012, Res. (D) N° 196/2/2013; Horas Nocturnas - Res. (D) N° 363/1952 y Res. (D) N° 486/6/2005.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.037- "Régimen Trabajo Tablada", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 12% sobre el Salario Nominal que contempla el cambio en el régimen de trabajo de los funcionarios lo que permitirá el despacho de lunes a sábado además de la extensión del horario.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.038 "Régimen Trabajo Paysandú", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 10% del salario nominal por cambio de régimen laboral, un 5% por polivalencia en tareas de laboratorio y de fiscalía y el pago de una guardia para la descarga de combustibles que arriban a la planta por vía fluvial.
Padrón de cargos y vacantes.
El padrón de cargos adjunto y que forma parte integrante del presente decreto, incluye las vacantes en proceso de llenado por concurso, las ocupadas por subrogación y las que se considera imprescindible mantener, conformando un total de 2.446 posiciones.
El total anterior se compone de la suma de la cantidad de cargos del rol de ANCAP y del Programa Factor Humano a Reaplicar (FHR).
La dotación objetivo de la Administración al 31 de diciembre de 2025 se establece en 2.409 posiciones. Actualmente se cuenta con 2.407 posiciones.
El Programa FHR contiene personal de la División ex Espinillar, ex Departamento Médico quienes están declarados personal excedente a redistribuir por parte de la Oficina Nacional del Servicio Civil y cuyos cargos serán eliminados y los créditos suprimidos una vez se produzca la designación en otro Organismo.
Asimismo, se incluyen en dicho Programa cargos con denominación de "Asistente Obrero"; "Asistente Administrativo" y "Asistente Especialista" que contemplan las situaciones del personal con dictamen médico de no poder realizar las funciones de su cargo. Dichos cargos serán eliminados según el procedimiento dispuesto por la Res. (D) N° 838/10/2019.
También se incluye dentro de FHR, los cargos de "Asesores y Adscriptos", los que serán eliminados al vacar.
La cantidad de cargos que forman el Programa FHR asciende a las 39 posiciones.
Al efectuar la provisión de vacantes se dará cumplimiento a lo establecido por los artículos 49 y 50 de la Ley N° 18.651, de 19 de febrero de 2020 (Ley de Protección integral de las personas con discapacidad), lo dispuesto en la Ley N° 19.684 (Ley Integral de las Personas Trans) y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 19.122, de 21 de agosto de 2013 (Afrodescendientes).
Contratos de función pública.
Los contratos de función pública que se celebren en base a lo dispuesto en el Art. 504 de la Ley N°18.362, de 6 de octubre de 2008 tendrán un plazo de un año y podrán ser renovados sin exceder el plazo máximo de tres años. Para disponer el cese de una contratación, la renovación o el pasaje a permanente, el Directorio resolverá en base a las necesidades del servicio y la evaluación de actuación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en las Res. (D) Nos. 441/5/2018 y 144/2/2019.
Viático comida y la compensación producto.
El Directorio otorgará una prestación a los funcionarios públicos que prestan servicios en ANCAP, sin excepciones siendo beneficiarios del Viático Comida y la Compensación Producto. El Viático Comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo.
El monto individual equivale a $ 19.003 (pesos uruguayos diecinueve mil tres) por mes, a nivel de precios enero 2025. La Compensación Producto corresponde al equivalente del importe de una garrafa de supergás de 13 kg. El monto individual equivale a $ 1.352 (pesos uruguayos mil trescientos cincuenta y dos) por mes a nivel de precios enero 2025, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución del precio de venta del supergás. El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado. Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de sueldo o esté suspendido. El Viático Comida y la Compensación Producto están afectados por el descuento de montepío en su totalidad.
Primas.
Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido están reguladas por la "Reglamentación General sobre Beneficios Sociales" aprobada por Res. (D) N° 6147/965, modificado por Res. (D) N° 476/7/2023, ajustándose por los aumentos de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC).
Becas de estudio.
La partida "Becas de Estudio" está regulada por la "Reglamentación de becas para hijos de funcionarios, estudiantes de nivel terciario y Educación Media Profesional" aprobada por Res. (D) N°319/5/09 y modificativas.
Servicio a las personas por guardería.
La partida Servicio a las Personas por Guardería contempla un beneficio para la concurrencia de menores a Centros de Educación Inicial de acuerdo con la "Reglamentación del beneficio para la concurrencia de niños a Centros de Educación Inicial, aprobada por la Res. (D) N° 17/1/2012 y modificativa Res (GG) N° 180/2024.
Beneficios sociales.
Los beneficios sociales que evolucionan con la Base de Prestaciones y Contribuciones, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores medios enero - junio 2025 y se ajustarán a la evolución que registren dichos parámetros.
Funcionarios en comisión saliente o con reserva de cargo.
Los funcionarios de la Empresa que pasen a prestar funciones en otros organismos, ya sea en comisión o con reserva de cargo, deberán declarar anualmente las partidas extraordinarias o beneficios que pudieran percibir en dichos organismos.
Contratación de personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de embarcaciones.
Facúltese a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland a contratar personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de sus embarcaciones, mediante contratos de trabajos de hasta 6 meses de duración. Podrá autorizarse un plazo mayor mediante resolución de Directorio, debidamente fundada.
Transformación de cargos o funciones.
El Directorio podrá disponer transformaciones de cargos y funciones, aun cuando afecten distintas clases funcionales, siempre que no supongan incremento de gastos y que se cumplan las condiciones de ingreso a la clase funcional y demás disposiciones vigentes en la materia, previo dictamen favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y dando cuenta al Tribunal de Cuentas de las mismas. La propuesta deberá estar acompañada de un análisis de sus costos y financiamiento, incluyendo todas las partidas presupuestales asociadas.
Las transformaciones que el Directorio proponga en el futuro, deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de la estructura organizativa, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la Empresa. Toda transformación implicará la eliminación automática del o de los cargos que se transforman, así como de las compensaciones que correspondan.
Cuando las transformaciones impliquen ahorros en los objetos de Sueldos Básicos, el excedente podrá ser reservado para su utilización en oportunidad de siguientes transformaciones dentro del mismo ejercicio.
Reestructuras.
Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema de remuneración, se deberá contar con el informe favorable previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta al Tribunal de Cuentas.
Subsidio a directores.
Subsidio a Directores y cargos de particular confianza. Los titulares de cargos políticos o de particular confianza que no hubieren configurado causal jubilatoria anticipada al momento de su desvinculación del organismo, tendrán derecho a percibir durante un periodo equivalente al triple del que ocuparon el cargo y hasta un máximo de un año, computado desde la fecha de cese, un subsidio equivalente al 85% del total de haberes del cargo en actividad, conforme lo dispuesto en el artículo 35 del Acto Institucional N° 9, de 23 de octubre de 1979, la Ley N° 15.900, de 21 de octubre de 1987, sus modificativas, reglamentarias y complementarias y a lo dispuesto por los artículos 65, 66 y 67 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010. El subsidio a Directores y cargos de particular confianza, el aguinaldo, aportes y toda otra incidencia correspondiente se imputarán al objeto 575.001.
Mecanismos de promoción de igualdad.
En cumplimiento del Convenio de Cooperación entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ANCAP y el Instituto Nacional de las Mujeres, de fecha 21 de noviembre de 2006, este Directorio ratifica su compromiso de contemplar en su Presupuesto, la creación y/o fortalecimiento de mecanismos de promoción de igualdad de oportunidades y derechos entre hombres y mujeres.
Cobertura de vida.
El pago de la cobertura de vida o una suma equivalente a $ 273.000 del autoseguro de ANCAP que cubre a los ex funcionarios jubilados de ANCAP o el cobro del incentivo por la opción de renuncia al beneficio del autoseguro, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Directorio N° 1003/12/05 y con cargo al Programa Energía - Grupo 2 - Servicios No Personales.
Adecuación del grupo 0 - servicios personales.
El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del grupo 0 "Servicios Personales" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes a las disposiciones legales vigentes.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del Índice General de Precios al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, sus disponibilidades financieras y la política del Poder Ejecutivo en la materia.
Trasposiciones de créditos presupuestales de funcionamiento.
Las trasposiciones de créditos asignados a gastos de funcionamiento regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio.
Sólo se podrán trasponer créditos no estimativos y con las siguientes limitaciones, salvo disposición expresa:
1. El Grupo 0 "Servicios Personales", no podrá trasponer ni recibir trasposiciones de otros grupos, como tampoco podrán trasponerse entre sí, los objetos auxiliares integrantes de los subgrupos 01, 02 y 03. En los restantes subgrupos, solamente se podrán efectuar trasposiciones hasta el límite del crédito disponible no comprometido y siempre que no correspondan a conceptos retributivos inherentes a cargos, funciones contratadas o de carácter personal, al sueldo anual complementario, a las cargas legales sobre servicios personales, a la partida correspondiente al Viatico de alimentación y a la partida destinada al [Sistema de Remuneración Variable (SRV) o Sistema de Remuneración por Cumplimiento de Metas (SRCM) u otras de carácter similar.
2. Los Objetos del subgrupo 5.5 "Transferencias Corrientes a Instituciones sin fines de lucro" y de los Grupos 6 "Intereses y Otros Gastos de Deuda" y 8 "Aplicaciones Financieras" no podrán ser traspuestos.
3. El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" no podrá recibir trasposiciones. Las trasposiciones del objeto 749 "Otras partidas a reaplicar" a otros objetos del gasto, deberán contar con informe previo favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
4. Las partidas de carácter estimativo no podrán reforzar otras partidas ni recibir trasposiciones.
5. Los objetos de los Sub-Grupos 01, 02 y 03 podrán ser traspuestos entre distintos programas cuando la referida trasposición se realice a efectos de identificar la asignación del costo del puesto de trabajo al programa. La reasignación autorizada debe realizarse considerando todos los conceptos retributivos inherentes al cargo, función contratada o de carácter personal, así como el sueldo anual complementario y las cargas legales correspondientes. Esta reasignación no implicará modificación en la estructura de cargos prevista presupuestalmente.
Las trasposiciones se realizarán como se determina a continuación:
1. Partidas que no requieran informe favorable previo y dentro de un mismo programa, con la aprobación del Directorio y su comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Dicha comunicación se realizará en un plazo no mayor a 30 días desde su aprobación, a excepción de las trasposiciones de los Grupos 1 "Bienes de Consumo" y Grupo 2 "Servicios no personales" que se comunicarán, salvo disposición expresa, conjuntamente con la remisión de la siguiente adecuación de precios o en el Balance de Ejecución Presupuestal en caso de aquellas aprobadas posteriormente a la última adecuación de precios del ejercicio.
2. Entre diferentes programas, con la autorización del Directorio, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Todas las trasposiciones realizadas deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo con lo previsto por Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas.
Partida adicional por acontecimientos graves e imprevistos.
El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" incluye en el objeto 7.1.3.000 "Acontecimientos Graves e Imprevistos" un monto equivalente al 3% de las partidas limitativas del Presupuesto de Compras por $ 193.882.080 que se desglosa en $ 158.128.500 en el Presupuesto Operativo y $ 35.753.580 en el Presupuesto de Inversiones a precios de enero - junio de 2025. La misma tiene por objeto hacer frente a costos extraordinarios no previstos como consecuencia de gastos extraordinarios no rutinarios que afecten la prestación de los servicios. Dicha partida no podrá actuar como reforzante, pero podrá trasponerse entre el Presupuesto Operativo y el de Inversiones.
La Empresa podrá ejecutar dicho monto o su trasposición entre ambos presupuestos previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y dando conocimiento al Tribunal de Cuentas.
La presente partida presupuestal y el monto que se ejecute en su caso, no será tenido en cuenta en las cláusulas referentes a la Contribución al Programa Financiero; Reducción de Costos Operativos; Ejecución de las Inversiones; Rentabilidad sobre Patrimonio y Rentabilidad sobre Activos.
Inversiones - Dictamen técnico favorable del Sistema Nacional de Inversión Pública.
De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 2° numeral 3° del artículo 24 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012, ningún proyecto de inversión se ejecutará sin haber obtenido en forma previa el dictamen técnico favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo a las Guías y Pautas Metodológicas elaborados por el Sistema Nacional de Inversión Pública. El Tribunal de Cuentas controlará por sí o por intermedio de sus contadores auditores o delegados, en oportunidad de realizar la intervención preventiva de cualquier gasto asociado a proyectos de inversión SNIP la validez del Dictamen Técnico Favorable emitido por el SNIP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 88 del Tribunal de Cuentas.
Inversiones - ejecución de proyectos.
La ejecución de los proyectos de inversión del presupuesto (con fuente de financiamiento endeudamiento externo según Anexo I) (*), estará condicionada a la formalización de la fuente de financiamiento, y deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, según lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley N° 18.172, de 31 de agosto de 2007.
Notas de IMPO
Ver: Texto/imagen.
Tope Ejecución de Inversiones.
La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será la equivalente en términos presupuestales a la que se acuerde en el Programa Financiero correspondiente al ejercicio del presupuesto. Dicho Programa será previamente aprobado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Operaciones con subsidiarias.
Los préstamos, capitalizaciones, condonaciones de préstamos u otras formas de integración de capital por parte de la Empresa a sus subsidiarias que apruebe su Directorio, deberán contar con informe previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Vigencia del Presupuesto.
Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto Operativo y de Inversiones a regir para el año y, según lo dispuesto por el Art. 228 de la Constitución, rigen las partidas ajustadas para el último presupuesto aprobado.
Compromisos de gestión.
La empresa, en el marco de los lineamientos estratégicos relacionados con la eficiencia y eficacia en la gestión, se compromete al cumplimiento de los Compromisos de Gestión que figuran en el Anexo IV (*), los que forman parte integrante del presente Decreto.
Notas de IMPO
Ver: Texto/imagen.
Dese cuenta a la Asamblea General.
Comuníquese, etc.