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Transferencias de licencias totales o parciales. Presentada una solicitud, la que deberá ir acompañada del proyecto de contrato a suscribir entre las partes y cumpliendo cabalmente con los extremos dispuestos por la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024 y en el presente Decreto reglamentario, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) deberá producir informe y elevarlo al Poder Ejecutivo dentro de los 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de presentación.
En el caso de que no se hubiere presentado la solicitud cumpliendo con las formalidades y requisitos que correspondan conforme a lo establecido en la Ley y en el presente Decreto, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), dentro del plazo de los 30 (treinta) días corridos, realizará las observaciones que correspondan a fin de que las mismas sean subsanadas por los interesados en un plazo máximo de 10 (diez) días corridos. Una vez subsanados los defectos por la parte interesada, la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos para expedirse o en su defecto para elevar al Poder Ejecutivo para que prosiga el trámite.
El Poder Ejecutivo tendrá un plazo de 90 (noventa) días corridos para pronunciarse y expedirse, dentro del cual realizará las observaciones que correspondan a fin de que las mismas sean subsanadas.
En caso de que el Poder Ejecutivo dicte resolución favorable a la realización de la transferencia, los interesados dispondrán de un plazo máximo de 4 (cuatro) meses, contado a partir de la notificación de la resolución respectiva, para comunicar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del negocio definitivo.
El Poder Ejecutivo adoptará resolución estableciendo que se dio cumplimiento a los requisitos legales y, en su caso, de acuerdo a lo autorizado y establecerá en la resolución la fecha en la que se produjo la comunicación a los efectos previstos en el artículo 21 de la Ley N° 20.383, de 16 de octubre de 2024; o dejará sin efecto la autorización en caso de incumplimiento.