Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Definición.
El seguimiento del Resultado Fiscal Estructural -("Resultado Estructural")-del agregado Gobierno Central y Banco de Previsión Social -("Gobierno Central - BPS")- tiene como finalidad la transparencia y la sostenibilidad de las finanzas públicas y, por tanto, el mantenimiento de las políticas públicas a lo largo del tiempo.
El Resultado Estructural refiere al resultado fiscal que presentaría el agregado "Gobierno Central - BPS" si la economía se ubicara en su nivel potencial, excluyendo el efecto de las fluctuaciones cíclicas de la actividad económica y otros factores extraordinarios que afecten los ingresos y gastos del gobierno en el período considerado. Por tanto, para cada año, el Resultado Fiscal Estructural surgirá de ajustar el Resultado Fiscal Efectivo - entendido como la diferencia entre los ingresos y egresos totales del Gobierno Central - BPS durante un período determinado - por las fluctuaciones cíclicas de la actividad económica y por las partidas extraordinarias. Esta depuración dotará a las finanzas públicas de una mayor transparencia y entendimiento de la posición subyacente de las mismas a la vez que permitirá un manejo responsable y sostenible de éstas en el largo plazo.
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