Créase el Sistema Nacional de Observaciones Geofísicas, a los efectos de fortalecer, articular y coordinar las políticas públicas y privadas necesarias para el análisis de la actividad sísmica y los riesgos asociados, además del conjunto de observaciones geomagnéticas.
Dicho sistema estará a cargo del Ministerio de Industria, Energía y Minería.
(Grupo de Coordinación). Constitúyase un Grupo de Coordinación del Sistema que estará integrado por representantes de:
a) Presidencia de la República;
b) Ministerio de Industria, Energía y Minería;
c) Ministerio del Interior;
d) Ministerio de Relaciones Exteriores;
e) Ministerio de Defensa Nacional;
f) Ministerio de Transporte y Obras Públicas;
g) Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente;
h) Sistema Nacional de Emergencias;
i) Congreso de Intendentes; y
j) La Universidad de la República.
Los citados Ministerios, el Sistema Nacional de Emergencias y la Presidencia de la República designarán un titular y dos alternos con competencia en la materia. El Congreso de Intendentes y la Universidad de la República, en el ámbito de su autonomía, serán invitados a participar con un representante y dos alternos. El representante titular del Ministerio de Industria, Energía y Minería presidirá el Grupo de Coordinación y en su ausencia lo hará el titular representante del Sistema Nacional de Emergencias.
(Comisión Asesora) Constitúyase una Comisión Asesora integrada por técnicos representantes de entidades académicas, técnicas o de investigación que sean convocadas, entre las cuales deberán encontrarse además de los técnicos de los Ministerios, representantes del Observatorio Geofísico de Uruguay (Facultad de Ciencias - UDELAR) y del Instituto Geográfico Militar. Este último tiene como una de sus misiones fundamentales el desarrollo implementación y mantenimiento de las redes geodésicas (horizontal y vertical), y geofísicas (gravimetría y magnetismo terrestre). Se invitará para participar de esta Comisión Asesora a la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), Agencia de Gobierno Electrónico y Sociedad de la Información y del Conocimiento (AGESIC) y a técnicos de proyectos de cooperación internacional en funcionamiento en el país, relacionados con los estudios sísmicos y la ingeniería antisísmica, así como expertos nacionales cuya participación resulte relevante.
El Ministerio de Industria, Energía y Minería a través de la Dirección Nacional de Minería y Geología, efectuará las convocatorias correspondientes y coordinará las actividades de la Comisión.
(Plan de Actividades). El Grupo de Coordinación, con la colaboración de la Comisión Asesora, deberá diseñar e implementar un Plan de Actividades del Sistema a efectos del cumplimiento de sus cometidos, que deberá incluir la educación en materia de prevención de riesgos sísmicos en la población, y ser actualizado periódicamente.
(Comunicación). A los efectos del cumplimiento de sus cometidos, el Grupo de Coordinación del Sistema, podrá comunicarse directamente con entidades públicas o privadas.
Comuníquese, publíquese, etc.