Artículo 1
Créanse en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", en las Unidades Ejecutoras que en cada caso se indican, los cargos en el último grado del escalafón respectivo que se detallan a continuación, lo que deberán ser ocupados de conformidad a lo previsto en el artículo 52 de la Ley N° 20.212, de 6 de noviembre de 2023:
CREACIÓN ARTÍCULO 52 LEY N° 20.212 - UE 001
Esc.
Grado Denominación Serie Condición Cantidad
A
4
ASESOR XIII
PROFESIONAL
5
CREACIÓN ARTÍCULO 52 LEY N° 20.212 - UE 003
Esc.
Grado Denominación Serie Condición Cantidad
A
4
ASESOR XIII
PROFESIONAL
5
CREACIÓN ARTÍCULO 52 LEY N° 20.212 - UE 006
Esc.
Grado Denominación Serie Condición Cantidad
D
1
ESPECIALISTA XIV
ESPECIALIZACIÓN
1
CREACIÓN ARTÍCULO 52 LEY N° 20.212 - UE 009
Esc.
Grado Denominación Serie Condición Cantidad
A
4
ASESOR XIII
PROFESIONAL
1