Artículo 1
Modificar la Escala de Viáticos para el Personal que concurre en Misión Oficial a la Antártida, acorde a la siguiente distribución:
DOTACIÓN DE BASES Y REFUGIOS EN TERRITORIO INSULAR O CONTINENTAL DEL
ÁREA DEL TRATADO
ANTÁRTICO
MONTO A PERCIBIR
Jefe de Base U$S 80 (dólares estadounidenses ochenta) 2° Jefe de Base / Médico U$S 70 (dólares estadounidenses setenta) Personal Subalterno o Civil U$S 65 (dólares estadounidenses sesenta y cinco)
PERSONAL TÉCNICO Y DE APOYO
MONTO A PERCIBIR
Tripulaciones Aéreas U$S 60 (dólares estadounidenses sesenta) Tripulaciones Marítimas Personal Superior: U$S 60 (dólares estadounidenses sesenta) Personal Subalterno: U$S 50 (dólares estadounidenses cincuenta) Grupos de Inspectores designados según artículo VII del Tratado Antártico U$S 60 (dólares estadounidenses sesenta) Integrantes de Expediciones Especiales al Área designados por el Consejo Directivo del Instituto Antártico Uruguayo U$S 55 (dólares estadounidenses cincuenta y cinco) Oficiales de las Fuerzas Armadas en Misión en la Antártida U$S 60 (dólares estadounidenses sesenta) Personal Mantenimiento de Base / Personal Subalterno de las Fuerzas Armadas / Personal civil y civil equiparado del Ministerio de Defensa Nacional o designado por el Consejo Directivo del Instituto Antártico Uruguayo U$S 55 (dólares estadounidenses cincuenta y cinco)