Artículo 1Modificado
Sustitúyase la redacción del artículo 8° del Reglamento para el reconocimiento de las carreras terciarias no universitarias dictadas o a dictarse por las Escuelas pertenecientes al Servicio Oficial de Difusión, Representaciones y Espectáculos, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 84/021, de 15 de marzo de 2021, por la siguiente: (*)
- Ver además:
- Decreto 422/2023, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto.