Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, a regir desde el 1° de enero de 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:
Conceptos Pesos
INGRESOS OPERATIVOS
177.313.738.091 a precios de venta público
162.098.512.017 Subsidio Art. 5 Ley 16.211
15.215.226.074
EGRESOS
177.429.558.229
- Operativos
172.260.108.229
- Inversiones
5.169.450.000
RESULTADO PRESUPUESTAL
-115.820.138
FINANCIAMIENTO
115.820.138 Financiamiento artículo 331 Ley 18.172
115.820.138 La apertura según concepto, así como los niveles de precios a los cuales se expresan las citadas partidas son los siguientes:
PROGRAMA 1.10 ENERGIA - COMBUSTIBLES
Pesos Pesos
1.- RECURSOS (Derivados + Lubricantes)
172.785.305.719
a) Ingresos Propios
172.669.485.581 1 Ventas Netas
116.178.434.658 2 Otros Ingresos del Giro 0 3 Imesi e Iva
41.275.824.849 4 Otros Ingresos Ajenos al Giro 5 Subsidio Art. 5 Ley 16.211
15.215.226.074
b) Financiamiento externo
115.820.138
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.10 S/Programa Energía - (Derivados + Lubricantes)
152.142.905.774
1.100 Servicios Personales
3.275.881.086 1 Retribuciones de cargos permanentes
1.002.661.188 01 Sueldo básico de cargos
1.002.661.188 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes
17.958.735 01 Sueldo básico funciones contratadas
17.958.735 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
887.043.439 02 Compensaciones
206.541.078 03 Productividad y dedicación
195.970.531 04 Antigüedad
22.445.429 05 Complementos
403.873.704 06 Diferencia por Subrogación
10.920.732 08 Aumentos especiales
47.291.964 5 Retribuciones diversas especiales
642.908.157 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
360.940.099 03 Licencias generadas y no gozadas
25.882.619 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras
67.703.174 09 Sueldo anual complementario
188.382.265 6 Beneficios al personal
226.240.479 04 Contribuciones por asistencia médica 0 07 Compensación por alimentación con aportes
224.924.916 09 Otros beneficios al personal
1.315.563 7 Beneficios familiares
11.145.317 01 Prima por matrimonio 0 02 Hogar constituido
11.145.317 03 Prima por nacimiento 0 04 Prestaciones por hijo 0 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
487.923.771 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
305.406.527 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
27.879.573 07 Aporte patronal a FONASA
139.397.866 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
15.239.805 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
1.101 Bienes de Consumo
104.816.664.890
- Compra de Crudo
45.353.176.164
- Importación de Derivados
48.125.137.113
- Varios
11.338.351.613
1.102 Servicios No Personales
43.538.704.238
43.538.704.238
1.103 Bienes de Uso
260.137.000
260.137.000
1.104 Activos Financieros 0 0
1.105 Transferencias 0 1 Transferencias corrientes al sector público 0 2 Transferencias corrientes al sector privado 0 3 Transferencias de capital al sector público 0
1.106 Int. y Otros Gtos de Deuda 0 0
1.107 Gastos No Clasificados
251.518.562
251.518.562
1.108 Aplicaciones Financieras 0 0
PROGRAMA 1.11 ENERGIA - GAS NATURAL
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
2.749.148.345
a) Ingresos Propios
2.749.148.345 1 Ventas Netas
2.271.237.081 2 Iva
477.911.263
b) Financiamiento Externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.11 S/Programa Energía - Gas Natural.-
2.746.186.487 1100 Servicios Personales
31.421.779 1 Retribuciones de cargos permanentes
13.381.356 01 Sueldo básico de cargos
13.381.356 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
8.438.459 02 Compensaciones
2.416.836 03 Productividad y dedicación
2.299.764 04 Antigüedad
215.649 05 Complementos
2.970.631 08 Aumentos especiales
535.580 5 Retribuciones diversas especiales
3.328.325 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
274.217 03 Licencias generadas y no gozadas 0 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras
919.871 09 Sueldo anual complementario
2.134.237 6 Beneficios al personal
2.166.446 04 Contribuciones por asistencia médica 0 07 Compensación por alimentación con aportes
2.161.008 09 Otros beneficios al personal
5.438 7 Beneficios familiares
107.081 01 Prima por matrimonio 0 02 Hogar constituido
107.081 03 Prima por nacimiento 0 04 Prestaciones por hijo 0 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
4.000.112 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
2.056.625 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
274.217 07 Aporte patronal a FONASA
1.371.083 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
298.187 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 1111 Bienes de Consumo
1.773.082.595
1.773.082.595 1112 Servicios No Personales
941.473.110
941.473.110 1113 Bienes de Uso
42.900
42.900 1114 Activos Financieros 0 0 1115 Transferencias 0 1 Transferencias corrientes al sector público 0 2 Transferencias corrientes al sector privado 0 3 Transferencias de capital al sector público 0 1116 Int. y Otros Gtos de Deuda 0 0 1117 Gastos No Clasificados
166.103
166.103 1118 Aplicaciones Financieras 0 0
PROGRAMA 1.12 ENERGIA - SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
430.438.859
a) Ingresos Propios
430.438.859
430.438.859 De Terceros
b) Financiamiento Externo 0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.12 S/Programa Energía - Servicios Comunes a la Empresa.-
14.108.712.780 1100 Servicios Personales
1.770.961.914 1 Retribuciones de cargos permanentes
808.580.616 01 Sueldo básico de cargos
805.995.480 05 Gastos de representación en el paias con aportes
2.585.136 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
4.716.576 01 Retribuciones zafrales y temporales
4.716.576 4 Retribuciones complementarias
350.319.064 02 Compensaciones
131.848.616 03 Productividad y dedicación
114.195.606 04 Antigüedad
14.286.722 05 Complementos
39.277.304 06 Diferencia por Subrogación
21.314.916 08 Aumentos especiales
29.395.899 5 Retribuciones diversas especiales
192.814.226 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
10.826.883 03 Licencias generadas y no gozadas
8.793.096 07 Becas de trabajo y pasantías
10.263.552 08 Horas Extras
48.367.423 09 Sueldo anual complementario
114.563.273 6 Beneficios al personal
176.722.929 04 Contribuciones por asistencia médica
4.240.080 07 Compensación por alimentación con aportes
142.266.360 09 Otros beneficios al personal
30.216.489 7 Beneficios familiares
7.538.252 01 Prima por matrimonio
108.754 02 Hogar constituido
7.094.097 03 Prima por nacimiento
211.466 04 Prestaciones por hijo
123.936 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
225.133.673 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
115.551.875 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
15.117.034 07 Aporte patronal a FONASA
77.324.466 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
17.140.298 9 Otras retribuciones
5.136.577 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
5.136.577 1121 Bienes de Consumo
91.413.863
91.413.863 1122 Servicios No Personales
8.279.570.226
8.279.570.226 1123 Bienes de Uso
4.562.369
4.562.369 1124 Activos Financieros
14.384.800
14.384.800 1125 Transferencias
300.000.000 1 Transferencias corrientes al sector público
300.000.000 2 Transferencias corrientes al sector privado 0 5 Transferencias de capital al sector público 0 1126 Int. y Otros Gtos de Deuda
389.222.588
389.222.588 1127 Gastos No Clasificados
173.383.741
173.383.741 1128 Aplicaciones Financieras
3.085.213.278
3.085.213.278
PROGRAMA 1.13 ENERGIA - FACTOR HUMANO A REAPLICAR.-
Pesos Pesos
1.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO
DENOMINACION
1.13 S/Programa Energía - Factor Humano a Reaplicar.-
12.234.157
1.100 Servicios Personales
12.234.157 1 Retribuciones de cargos permanentes
6.888.720 01 Sueldo básico de cargos
6.888.720 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
1.068.296 02 Compensaciones
681.041 03 Productividad y dedicación 0 04 Antigüedad 0 05 Complementos
179.707 08 Aumentos especiales
207.547 5 Retribuciones diversas especiales
827.057 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno 0 03 Licencias generadas y no gozadas 0 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras 0 09 Sueldo anual complementario
827.057 6 Beneficios al personal
1.800.840 04 Contribuciones por asistencia médica 07 Compensación por alimentación con aportes
1.800.840 09 Otros beneficios al personal 7 Beneficios familiares
89.234 01 Prima por matrimonio 0 02 Hogar constituido
89.234 03 Prima por nacimiento 0 04 Prestaciones por hijo 0 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
1.560.010 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
800.561 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
533.707 07 Aporte patronal a FONASA
106.741 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
119.001 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
PROGRAMA 1.3 - PORTLAND
Pesos Pesos
1.- RECURSOS
1.464.665.306
a) Ingresos Propios
1.464.665.306 1 Ventas Netas
1.200.545.333 2 Transferencias Interdivisionales 3 Iva
264.119.973
b) Financiamiento Externo
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
Pesos Pesos
GRUPO
DENOMINACION
1.30 Programa Portland
3.250.069.031
1.300 Servicios Personales
657.744.268 1 Retribuciones de cargos permanentes
234.201.504 01 Sueldo básico de cargos
234.201.504 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
183.583.883 02 Compensaciones
21.685.164 03 Productividad y dedicación
45.004.504 04 Antigüedad
6.145.986 05 Complementos
87.622.637 06 Diferencia por Subrogación
12.190.260 08 Aumentos especiales
10.935.332 5 Retribuciones diversas especiales
90.963.709 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
28.686.355 03 Licencias generadas y no gozadas
642.418 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras
18.010.786 09 Sueldo anual complementario
43.624.150 6 Beneficios al personal
61.743.713 04 Contribuciones por asistencia médica 0 07 Compensación por alimentación con aportes
61.588.728 09 Otros beneficios al personal
154.985 7 Beneficios familiares
3.234.296 01 Prima por matrimonio
42.293 02 Hogar constituido
3.051.800 03 Prima por nacimiento
90.628 04 Prestaciones por hijo
49.574 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
84.017.162 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
43.029.533 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
28.686.355 07 Aporte patronal a FONASA
5.737.271 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.564.003 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0
1.301 Bienes de Consumo
1.043.110.712
1.043.110.712
1.302 Servicios No Personales
1.445.948.492
1.445.948.492
1.303 Bienes de Uso
45.148.175
45.148.175
1.304 Activos Financieros 0 0
1.305 Transferencias 0 1 Transferencias corrientes al sector público 0 2 Transferencias corrientes al sector privado 0 3 Transferencias de capital al sector público 0
1.306 Int. y Otros Gtos de Deuda 0 0
1.307 Gastos No Clasificados
58.117.384
58.117.384
1.308 Aplicaciones Financieras 0 0
Inversiones Apruébase el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por un monto de $ 5.169.450.000 (Pesos Uruguayos Cinco mil ciento sesenta y nueve millones cuatrocientos cincuenta mil). El detalle a nivel de grupos según el Clasificador del Gasto Público aprobado por Decreto N°395/998 del 30 de diciembre de 1998, es el siguiente:
GRUPO
DENOMINACIÓN
PESOS
0 Servicios Personales 0 1 Bienes de Consumo 0 2 Servicios no Personales 0 3 Bienes de Uso
4.096.950.000 4 Activos Financieros
1.072.500.000
TOTAL
5.169.450.000 Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto N° 342/97 del 17 de setiembre de 1997, sus modificativos y concordantes, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se ajustarán a las siguientes disposiciones:
1. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio y deberán ser comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas de la República.
2. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de distintos programas, requerirán autorización del Poder Ejecutivo, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y del Tribunal de Cuentas de la República. La solicitud deberá ser presentada ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en forma fundada e identificando en qué medida el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos reforzantes y reforzados se verán afectados por la trasposición solicitada.
3. Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio de fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los cambios de fuente de financiamiento sólo se podrán autorizar si existe disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia.
4. Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de inversión financiados total o parcialmente con endeudamiento externo, no podrán ser utilizadas para reforzar asignaciones presupuestales de proyectos financiados exclusivamente con recursos internos.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los anexos I, II y III (*) adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
Notas de IMPO
Ver: Texto/imagen.
Resultado presupuestal y financiamiento De acuerdo al nivel de ingresos proyectado y las Asignaciones Presupuestales del Plan Operativo, el mismo presenta un resultado operativo superavitario total de $ 5.053.629.862 (Pesos uruguayos cinco mil cincuenta y tres millones seiscientos veintinueve mil ochocientos sesenta y dos), considerando dentro de los ingresos un subsidio implícito por tarifas de $ 15.215.226.074 (Art. 5 Ley N° 16.211, con la redacción dada por el Art. 349 Ley N° 19.996). El Programa Energía presenta un resultado operativo superavitario de $ 6.839.033.587 (Pesos uruguayos seis mil ochocientos treinta y nueve millones treinta y tres mil quinientos ochenta y siete) que subsidia internamente (de acuerdo al Art. 5 Ley N° 16.211) el resultado operativo deficitario de $ 1.785.403.725 (Pesos uruguayos mil setecientos ochenta y cinco millones cuatrocientos tres mil setecientos veinticinco) del Programa Portland. Adicionalmente, dado el monto de Inversiones 2023 de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, el presupuesto presenta un resultado deficitario de $ 115.820.138 (Pesos uruguayos Ciento quince millones ochocientos veinte mil ciento treinta y ocho) que se financia con endeudamiento externo según artículo 331 de la Ley N° 18.172 referido al financiamiento de inversiones.
Presupuesto de compras (operativo e inversiones) Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland correspondientes al ejercicio 2023, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pesos
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGIA - (Operativo e Inversiones).-
174.020.887.899
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
5.090.498.936 1 Retribuciones de cargos permanentes
1.831.511.880 01 Sueldo básico de cargos
1.828.926.744 05 Gastos de representación en el pais con aportes
2.585.136 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes
17.958.735 01 Sueldo básico funciones contratadas
17.958.735 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes
4.716.576 01 Retribuciones zafrales y temporales
4.716.576 4 Retribuciones complementarias
1.246.869.258 02 Compensaciones
341.487.571 03 Productividad y dedicación
312.465.902 04 Antigüedad
37.127.508 05 Complementos
446.121.639 06 Diferencia por Subrogación
32.235.648 08 Aumentos especiales
77.430.991 5 Retribuciones diversas especiales
839.877.765 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
372.041.198 03 Licencias generadas y no gozadas
34.675.714 07 Becas de trabajo y pasantías
10.263.552 08 Horas Extras
116.990.469 09 Sueldo anual complementario
305.906.832 6 Beneficios al personal
406.930.694 04 Contribuciones por asistencia médica
4.240.080 07 Compensación por alimentación con aportes
371.153.124 09 Otros beneficios al personal
31.537.490 7 Beneficios familiares
18.879.884 01 Prima por matrimonio
108.754 02 Hogar constituido
18.435.728 03 Prima por nacimiento
211.466 04 Prestaciones por hijo
123.936 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
718.617.567 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
423.815.588 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
43.804.531 07 Aporte patronal a FONASA
218.200.157 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
32.797.291 9 Otras retribuciones
5.136.577 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad
5.136.577 1
BIENES DE CONSUMO
106.681.161.347 1 Alim.y Prod. Agrop.Forest.y Mar.
36.100.885 2 Prod.Textil, Prend. de Vest.y Cuero
28.381.770 3 Prod. Papel, Libros e Impresos
15.828.182 4 Prod. Energéticos
48.129.154.828 5 Prod. Químicos y Conexos
1.308.302.806 6 Productos Minerales
57.029.963.073 7 Prod. Metálicos
75.706.190 9 Otros Bienes de Consumo.-
57.723.612 2
SERVICIOS NO PERSONALES
52.759.747.575 1 Servicios Básicos
665.183.480 2 Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
58.230.853 3 Pasajes, Viáticos y Otros Gtos de Trasl.
83.690.718 4 Transp. de carga, Serv. Comp. y Almac.
525.164.703 5 Arrendamientos
38.581.383 6 Tributos Municipales y Nacionales
48.519.100.098 7 Serv. P/Mant.Repar. Menores y Limpieza.-
1.291.442.531 8 Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
351.847.904 9 Otros Servicios No Personales
1.226.505.905 3
BIENES DE US0
4.203.090.969 1 Maquinarias y equipos de producción 2 Maquinas, mobiliario y equipos de oficina 3 Equipamiento sanitarios, y científicos 4 Equipamiento educacional, cultural y recreativo 5 Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones 6 Motores y repuestos mayores
264.742.269 7 Tierras, edificios y otros bienes preexistentes 8 Construcciones, mejoras y reparaciones mayores 9 Otros bienes de uso
3.938.348.700 4
ACTIVOS FINANCIEROS
1.086.884.800 01 Compra de acciones y participación de capital
1.072.500.000 03 Préstamos otorgados a corto plazo
14.384.800 5
TRANSFERENCIAS
300.000.000 1 Transferencias corrientes al sector público
300.000.000 2 Transferencias corrientes al sector privado 5 Transferencias de capital al sector público 6
INT. Y OTROS GASTOS DE DEUDA
389.222.588 02 Intereses Deuda Interna
233.958.178 04 Intereses Deuda Externa
155.264.410 7
GASTOS NO CLASIFICADOS
425.068.406 1 Snet. Judiciales y acont graves e imprevistos
245.869.434 2 Otros gastos Extraordinarios
51.480.000 4 Partidas a Reaplicar
127.718.972 8
APLICACIONES FINANCIERAS
3.085.213.278 02 Amortización Deuda Interna
1.492.324.667 04 Amortización Deuda Externa
1.592.888.612 06 Obligaciones a pagar de ejercicios anteriores 0
I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND - (Operativo e Inversiones).-
3.408.670.331
GRUPO
DENOMINACION
0
SERVICIOS PERSONALES
657.744.268 1 Retribuciones de cargos permanentes
234.201.504 01 Sueldo básico de cargos
234.201.504 2 Retrib.pers.contratado funciones permanentes 0 01 Sueldo básico funciones contratadas 0 3 Retrib.pers.contratado funciones no permanentes 0 01 Retribuciones zafrales y temporales 0 4 Retribuciones complementarias
183.583.883 02 Compensaciones
21.685.164 03 Productividad y dedicación
45.004.504 04 Antigüedad
6.145.986 05 Complementos
87.622.637 06 Diferencia por Subrogación
12.190.260 08 Aumentos especiales
10.935.332 5 Retribuciones diversas especiales
90.963.709 02 Por trabajo en días inhábiles y nocturno
28.686.355 03 Licencias generadas y no gozadas
642.418 07 Becas de trabajo y pasantías 0 08 Horas Extras
18.010.786 09 Sueldo anual complementario
43.624.150 6 Beneficios al personal
61.743.713 04 Contribuciones por asistencia médica 0 07 Compensación por alimentación con aportes
61.588.728 09 Otros beneficios al personal
154.985 7 Beneficios familiares
3.234.296 01 Prima por matrimonio
42.293 02 Hogar constituido
3.051.800 03 Prima por nacimiento
90.628 04 Prestaciones por hijo
49.574 09 Otros beneficios familiares 0 8 Cargas legales sobre servicios personales
84.017.162 01 Aporte patronal sistema seguridad social s/retrib.
43.029.533 02 Otros aportes patronales sobre retribuciones a F.N.V.
28.686.355 07 Aporte patronal a FONASA
5.737.271 08 Pago Seguro Contratado con el Banco Seguros del Estado
6.564.003 9 Otras retribuciones 0 04 Fdo p/financiar cargos o func.a personas c/discapacidad 0 1
BIENES DE CONSUMO
1.043.110.712 1 Alimentos y Productos Agropecuarios,etc.
12.606.960 2 Productos Textiles, Prend. de Vestir,etc.
680.679 3 Productos de Papel, Libros e Impresos
57.276.415 4 Productos Energéticos
738.846.280 5 Productos Químicos y Conexos
52.509.222 6 Productos Minerales
123.756.363 7 Productos Metálicos
47.187.402 9 Otros Bienes de Consumo.
10.247.392 2
SERVICIOS NO PERSONALES
1.445.948.492 1 Servicios Básicos
250.752.254 2 Publicidad, Impresos y Encuadernaciones.
0 3 Pasajes, Viáticos,etc.
105.966 4 Transporte de carga,etc.
194.749.774 5 Arrendamientos
14.133.057 6 Tributos,Seguros y Comisiones
460.536.650 7 Ss Mantenimiento, Reparaciones Menores,etc.
114.579.664 8 Serv. Técn., Prof. y Artísticos.-
12.883.660 9 Otros Servicios No Personales
398.207.467 3
BIENES DE US0
203.749.475 1 Maquinarias y equipos de producción 2 Maquinas, mobiliario y equipos de oficina 3 Equipamiento sanitarios, y científicos 4 Equipamiento educacional, cultural y recreativo 5 Equipos de transporte, tracción, elevación y comunicaciones 6 Motores y repuestos mayores
45.148.175 7 Tierras, edificios y otros bienes preexistentes 8 Construcciones, mejoras y reparaciones mayores 9 Otros bienes de uso
158.601.300 4
ACTIVOS FINANCIEROS
0 01 Compra de acciones y participación de capital 03 Préstamos otorgados a corto plazo 5
TRANSFERENCIAS
0 1 Transferencias corrientes al sector público 2 Transferencias corrientes al sector privado 5 Transferencias de capital al sector público 6
INT. Y OTROS GASTOS DE DEUDA
0 02 Intereses Deuda Interna 04 Intereses Deuda Externa 7
GASTOS NO CLASIFICADOS
58.117.384 1 Snet. Judiciales y acont graves e imprevistos
31.437.712 2 Otros gastos Extraordinarios 0 4 Partidas a Reaplicar
26.679.673 8
APLICACIONES FINANCIERAS
0 02 Amortización Deuda Interna 04 Amortización Deuda Externa
Presupuesto de compras El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención preventiva de legalidad del gasto a nivel total de Energía y total de Pórtland. Se presentará en forma global, a nivel de toda la Empresa con una apertura a nivel de objeto para los Grupos 0 "Servicios Personales", y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de Consumo", Grupo 2 "Servicios No Personales", Grupo 3 "Bienes de Uso", Grupo 4 "Activos Financieros", Grupo 5 "Transferencias, Grupo 6 "Intereses y Otros Gastos de la Deuda" y el Grupo 8 "Aplicaciones Financieras". Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.
Metodología de elaboración y ejecución del presupuesto Para la elaboración y ejecución del presupuesto anual se aplica la metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos impartidos por el Poder Ejecutivo. Las asignaciones presupuestales se afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.
Partidas no limitativas Las siguientes no constituyen partidas limitativas, únicamente en los programas / subprogramas que se indican entre paréntesis:
a) Subgrupo 1.4.-Productos energéticos ("Combustible" y "Portland")
b) Subgrupo 1.5.-Productos químicos ("Lubricantes")
c) Subgrupo 1.6. Productos minerales ("Combustible" y "Gas Natural")
d) Subgrupo 2.1. Servicios básicos ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland")
e) Subgrupo 2.4. Transporte de carga, servicios complementarios y almacenamiento ("Energía" y "Portland")
f) Subgrupo 2.6. Tributos, multas, recargos, seguros y comisiones, excepto objeto 2.6.04 Primas y otros gastos de seguro ("Combustible", "Lubricantes", "Gas Natural" y "Portland") y 2.6.06 Comisiones ("Energía" y "Portland")
g) Subgrupo 2.9. Otros servicios no personales ("Gas Natural")
h) Objeto 5.1.09 - Versión de Resultados (Art. 643° de la Ley N° 16.170) ("Servicios Comunes a la Empresa")
i) Grupo 6 ("Energía" y "Portland")
j) Grupo 8 ("Energía" y "Portland") Las modificaciones efectuadas de acuerdo con las necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas de la República y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Los valores de estas partidas figuran en el presupuesto a nivel de precios enero - junio 2022 El Organismo podrá adecuar su monto de acuerdo con el nivel tarifario y volúmenes de actividad, dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Parámetros generales de moneda nacional y moneda extranjera Las partidas de gastos (funcionamiento e inversión) están calculadas en moneda nacional a nivel medio enero - junio 2022 y las de moneda extranjera al tipo de cambio de 1 U$S = $ 42,9. Las mismas se ajustarán en función de la variación del Índice de Precios al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y, la evolución del tipo de cambio vendedor del dólar, respectivamente.
Adecuaciones presupuestales Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales de los Grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los duodécimos de cada Grupo para el período que resta hasta el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en función de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el Art. 10° y las variaciones estimadas del Índice de Precios al Consumo y del Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo no mayor a 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal de Cuentas de la República para su conocimiento dentro de los 15 días subsiguientes o en el plazo posterior que este determine.
Grupo 0 - tope Ninguna persona física que preste servicios personales a la Administración cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60 % de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la República, conforme a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 17.556.
Grupo 0 - Personal de confianza La contratación de personal de confianza en tareas de secretaría, asesoría, etc., se regirá por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002 en redacción dada por el artículo 351 de la Ley N° 19.996 de 3 de noviembre de 2021, no pudiéndose ejecutar una partida superior al 60 % del tope legal. Dicho tope incluye la totalidad de los montos de las contrataciones -incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA)- y compensaciones que se disponga para no funcionarios y funcionarios públicos provenientes de otros organismos. En el caso de que el funcionario sea de la misma empresa, el tope regirá exclusivamente para las compensaciones que se le otorguen con motivo de la adscripción.
En caso de tratarse de funcionarios públicos provenientes de otros organismos de la Administración Pública, podrán optar por la dedicación total como Adscripto al Director para lo cual deberán solicitar licencia sin goce de sueldo en el organismo de origen.
El contrato de arrendamiento de servicio, que corresponde en los casos en que la persona física no es funcionario público; es docente o es funcionario público de otro organismo con dedicación horaria completa; o la adscripción, en el caso de funcionarios públicos de la misma empresa, cesará por vencimiento del plazo establecido o por el cese de las funciones del Director contratante según el hecho que suceda primero, no generando derecho a indemnización alguna.
Dichos contratos y adscripciones deberán ser comunicados a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina Nacional del Servicio Civil.
Los honorarios incluyendo el IVA, los salarios en caso de los funcionarios públicos provenientes de otros organismos y las compensaciones que se otorguen a los funcionarios del propio organismo adscriptos al Directorio, presupuestalmente deberán imputarse en un único objeto del gasto.
Grupo 0 - viáticos y rendición de cuentas (asesores y secretarios de directores) Se condiciona el pago de viáticos a Asesores y Secretarios de Directores por cumplimiento de misiones en el Interior o Exterior del país, a que los mismos estén sujetos a rendición de cuentas, sin exceder el tope máximo admitido para los funcionarios del Organismo según Resolución (D) 1088/10/2015.
Sistema de remuneración variable - (SRV) El monto que podrá ser distribuido por el S.R.V., será inferior a un máximo del 12,77 % de las partidas salariales susceptibles de ajustes salariales generales - excluido el propio S.R.V. - (partidas de índole salarial incluidas en el Grupo 0 "Servicios Personales"), excluyendo aquellas que se ajustan por coeficientes específicos (a vía de ejemplo los Beneficios Familiares; Prima por Antigüedad; Quebranto de Caja; Compensación por Vivienda; Viático por Alimentación; Consumo de Bienes que produce o presta la Empresa, etc.) Aguinaldo y Cargas Legales sobre Servicios Personales.
Determinación del SRV Individual La Remuneración Variable será pagada en función de la puntuación obtenida por cada funcionario en los tres bloques de indicadores: Desempeño institucional (empresa); Desempeño sectorial (división o unidad) y Desempeño individual. La ponderación de cada bloque, para el 2023 a liquidarse en el 2024, será del 30 %; 50 % y 20 % respectivamente. Para cada indicador se definirá un porcentaje mínimo por debajo del cual no se abonará SRV. Percibirán el SRV todos los trabajadores de las Empresas cuyas remuneraciones sean abonadas con cargo al Grupo 0 a excepción de los cargos políticos o de particular confianza; pasantes; becarios y zafrales cuya permanencia sea menor a 6 meses en el año en que se calcula el SRV.
Indicadores de Desempeño Institucional Al menos uno de los indicadores que se incluirá en el cálculo del SRV estará relacionado con los resultados de la Empresa y su meta deberá ser coherente con el presupuesto aprobado. Si existiese alguna variable externa de gran impacto sobre la cual la Empresa posee mínima o nula capacidad de influencia, se asumirá en su cálculo un valor estándar idéntico al presupuestado para que el mismo no se vea afectado.
Indicadores de Desempeño Sectorial Los indicadores medirán el desempeño físico en términos de productividad a nivel de sector, asociados además con el cuadro de mando de la empresa. Se establecerá una cláusula de salvaguarda por la cual a pesar de que la empresa haya tenido pérdidas, un sector o sectores percibirán el SRV dado el cumplimiento en forma excepcional de tareas de interés superior para la Empresa. Dicha excepción requerirá el previo acuerdo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Indicadores de Desempeño Individual Estos indicadores alentarán conductas de los trabajadores que repercutan positivamente en la gestión de la Empresa, vinculándose como mínimo a la capacitación relevante para la Empresa y calificación del funcionario estableciéndose pautas mínimas y máximas a alcanzar. De optar exclusivamente por el Presentismo o por no poseer la Empresa mecanismos de evaluación de desempeño individual, el mismo se considerará en forma independiente de los Indicadores Globales y Sectoriales penalizando en forma global el resultado derivado del grado de cumplimiento de las metas de los mismos.
Criterio de Distribución.
La distribución del SRV será en un mes distinto a aquellos donde se abone el aguinaldo y en momentos diferentes al sueldo. La frecuencia de distribución será de una vez al año salvo que se acuerde algo diferente en los ámbitos paritarios, pero nunca superando la frecuencia vigente. El pago del SRV será proporcional a la masa salarial individual calculada según el criterio expuesto en el inciso 1° del presente artículo.
Revisión.
Los indicadores y las metas se revisarán anualmente.
Aprobación del SRV.
En la fase de diseño del SRV, la administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto acordarán un plan de trabajo conjunto. Una vez acordado el diseño, el SRV y la verificación de las metas e indicadores serán aprobados por el Directorio. La partida incluida en el objeto "Sistema de Remuneración Variable", sólo podrá ejecutarse una vez que la Empresa haya obtenido el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el mismo haya sido comunicado al Tribunal de Cuentas de la República. De existir revisiones anuales del SRV se deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y deberán ser comunicadas al Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas de la República.
Aprobación del Pago.
Verificados el cumplimiento de los indicadores y previo al pago del SRV, la Empresa deberá contar con el previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Adecuación de niveles retributivos Según lo dispuesto en el Convenio firmado en el Consejo de Rama entre el Poder Ejecutivo y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes de fecha 23 de diciembre de 2015 cláusula Tercera: "Proceso de Adecuación de Niveles Retributivos" la Administración Nacional de Combustibles 'Alcohol y Portland podrá reasignar las economías que se generen por el retiro de los funcionarios que actualmente perciben la compensación a la persona derivadas del exceso del 6% aportado al Sistema de Retribución Variable (SRV). La implementación de dicha reasignación será sujeta al acuerdo arribado entre el Ministerio de Economía y Finanzas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Mesa Sindical Coordinadora de Entes en acta del 17 de octubre de 2017 y el acuerdo particular entre la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland y la Agrupación Ancap y refrendado por Res(D). N° 1244/11/2017.
Prima por antigüedad La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2 % (dos por ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.
Quebranto de caja El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1° de junio de 1986.
Trabajo en horario extraordinario La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo a la normativa vigente, previa expresa resolución fundada del Directorio. Se deberá cumplir con los extremos dispuestos en el Art. 765 de la Ley N° 19.355 y en el Art. 3° del Decreto N° 159/02 de 30 de abril de 2002.
Trabajo en horario extraordinario - paro de mantenimiento refinería Quedan excluidas de lo dispuesto en el artículo anterior las horas extraordinarias previstas para la realización de un Paro de Mantenimiento de la Refinería en el ejercicio 2023, incluyéndose a esos efectos y por única vez un refuerzo de partida de $ 306.600.000.
Compensación choferes Las partidas presupuestadas en 0.4.2.042 - "Compensación Choferes", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, sustituyen el pago de horas extraordinarias y el pago de viáticos por los viajes de transporte de combustibles desde y hacia el interior del País.
Retribuciones y compensaciones Las partidas presupuestadas en el 0.4.2 "Retribuciones y Compensaciones" contiene los ítems: Radicación Interior - Res (D) 1.136/12/82, Res. (D) 399/4/983; Gastos de Representación - los fija la O.P.P; Compensación Vivienda - Res (D) 594/06/96, Res (D) 208/4/997, Res (D) 831/12/2004, Res (D) 578/5/2011, Res (D) 453/6/2016; Ajuste Compensaciones - Se utiliza para el ajuste de las compensaciones; Comp. Sueldo Variable - Res (D) 450/04/85; - Res (D) 1.751 /09/87 y Res. (D) 550/7/2006; - Res (D) 779/07/94 y Res. (D) 1292/12/995; Res (D) 586/09/01; Res (D) 694/11/01 y Res. (D) 547/7/2007; - Res (D) 620/10/03 y Res. (GG) 156/2006; Res. (D) 66/1/2010 y Res. (D) 1674/12/2014; Guardia Derrame Hidrocarburos - Res (D) 34/01/98 y Res. (D) 547/7/2007; Compensación Riesgo al 100, 75 y 12 % - Res. (D) 749/05/88 y Res. (D) 987/6/990; Otros c/Montepío en más - Ajuste; Ficto Vivienda - Ley 16.713; Retribución Instructor - Res (D) 2.270/07/71 y 1374/12/993; Devol. Tiempo no Trabajado Importe - Cuando se devuelve Dto. Tiempo N/ Trabajado; Compensación Temporada Estival - Res. (D) 1781/12/985, Res. (D) 2944/11/986 y Res (D) 290/04/05; Compensación Cantera Quegüay - Res (D) 313/03/11, Res (D) 1010/8/2011, 822/6/2014; Guardia At. Emergencias - Res (D) 210/4/2016; Compensación Licenc. Médica - Res (D) 1.095/11/09; Comp. Altos Ejecutivos - Ley 15.903 - Art. 26; Comp. Secret. Directorio - Res. (D) 117/02/98 y Res. (D) 818/9/2009; Horas Tarea Penosa - Res (D) 728/05/88, Res (D) 707/4/991 y Res (D) 1048/10/2015. Horas Pusher al 8 % - Res. (D) 937/04/70, Res. (D) 1083/7/988 y 486/6/2005; Ajust. c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Hora de Riesgo al 75 % - Res (D) 749/05/88; Ajust c/Montepío en Menos y Ajuste Reducción Horaria - Ajustes; Licencia No Gozada - Se paga la licencia que el funcionario no se toma; Retribución no Funcionarios - Res (D) 287/3/2015; y Descuento Ficto Vivienda - Ley 16.713.- Compensación a Inspectores de Control de Combustibles y Alcoholes - Res (D) 622/05/2012 y 649/05/2012; Compensación a Contadores Delegados - Res (D) 1.437/10/2013; Compensación por Operación de Grúa Res. (D) 376/9/997 (Art. 11° Convenio) y Res (D) 60/01/2013; Compensación por Locomoción a Profesionales Junior y Senior del Servicio Jurídico afectados a la procuración Res (D) 1682/11/2013; Compensación Sueldos - Res (D) 168/02/2014; Compensación por uso de autos particulares para desempeño de tareas - Res. (D) N° 1259/11/993 y Res. (D) 138/2/2014; Compensación a Asistentes de Intendencia asignados al 5° Piso, Res (D) 156/02/2015, Compensación a choferes del Directorio y Gerencia General Res(D) 482/7/2020; Res (D) 10/1/2021, Compensación al personal afectado al trabajo administrativo en la Secretaría de la Gerencia General; 1437/10/2013; Res (D) N° 487/6/2018 "Compensación tareas en Directorios y órganos de contralor de empresas vinculadas".
Regímenes laborales: buques, turnos, tablada y Paysandú Las partidas presupuestadas en 0.4.5.032 "Régimen Laboral buques" comprenden los ítems: Horas Extras Buques, Compensación Franqueo Tripulantes, Prima por Inflamables, Navegación - Res. (D) 49/01/1997 y Res. (D) N° 12/1/998; Convenio Laboral Provisorio embarcación Ky Chororo Res. (D) 1145/11/2015; Compensación Oficiales y Riesgo Navegación -Res (D) 1.363/10/1994, 480/8/2001 77/1/2007 y 1039/8/2011; Compensación Desempeño buques según Convenio aprobado por Res. (D) N° 901/10/18 y su extensión al E/R Ky Chororo aprobada por Res. (D) N° 918/10/18.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.033 "Régimen Laboral turnos" comprenden los ítems: Compensación Rotación Turnos integrales, Asueto Rotativo, Turnos Rotativos, Compensación 6° día, Horas Sexto Día 2 x 1 - Res. (D) 194/2/2013, Res. (D) 984/7/2014 y 171/2/2015; Compensación por Transición - Res (D) 65/01/2012; Horas extras en turnos - Res. (D) N° 1076/10/2010, modificada por Res. (D) 620/5/2012, 196/2/2013; Horas Nocturnas - Res (D) 363/1952 y Res. (D) 486/6/2005.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.037- "Régimen Trabajo Tablada", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 10% sobre el Salario Nominal que contempla el cambio en el régimen de trabajo de los funcionarios lo que permitirá el despacho de lunes a sábado además de la extensión del horario.
Las partidas presupuestadas en 0.4.5.038 "Régimen Trabajo Paysandú", aprobadas por Res. (D) N° 322/5/2022, comprenden una partida del 10% del salario nominal por cambio de régimen laboral, un 5% por polivalencia en tareas de laboratorio y de fiscalía y el pago de una guardia para la descarga de combustibles que arriban a la planta por vía fluvial.
Padrón de cargos y vacantes El padrón de cargos adjunto y que forma parte integrante del presente decreto, incluye las vacantes en proceso de llenado por concurso, las ocupadas por subrogación y las que se considera imprescindible mantener.
Al efectuar la provisión de vacantes se dará cumplimiento a lo establecido por los artículos 49 y 50 de la ley N°18.651 de 19 de febrero de 2010 (Ley de Protección integral de las personas con discapacidad), lo dispuesto en la Ley N°19.684 (Ley Integral de las Personas Trans) y lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N°19.122 de 21 de agosto de 2013 (Afrodescendientes).
La estructura objetiva de cargos de ANCAP asciende a un máximo de 2.409 al 31 de diciembre de 2023.
A efectos de su implementación el mismo deberá contar con el informe favorable de dicha Oficina.
Contratos de función pública Los contratos de función pública que se celebren en base a lo dispuesto en el Art. 504° de la Ley N° 18.362 tendrán un plazo de un año y podrán ser renovados sin exceder el plazo máximo de tres años. Para disponer el cese de una contratación, la renovación o el pasaje a permanente, el Directorio resolverá en base a las necesidades del servicio y la evaluación de actuación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en las Ress. (D) Nos. 441/5/2018 y 144/2/2019.
Viático comida y la compensación producto El Directorio otorgará una prestación a los funcionarios públicos que prestan servicios en ANCAP, sin excepciones siendo beneficiarios del Viático Comida y la Compensación Producto. El Viático Comida se regirá en cuanto a su monto y reajuste a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo.
El monto individual equivale a $ 15.007 (pesos uruguayos quince mil siete) por mes, a nivel de precios enero 2022. La Compensación Producto corresponde al equivalente del importe de una garrafa de supergás de 13 kg. El monto individual equivale a $ 858,92 (pesos uruguayos ochocientos cincuenta y ocho con noventa y dos centésimos) por mes a nivel de precios enero 2022, y se regirá en cuanto a su reajuste a la evolución del precio de venta del supergás. El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente cumple el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo trabajado, a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado. Estas prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el mismo falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de sueldo o esté suspendido. El Viático Comida y la Compensación Producto están afectados por el descuento de montepío en su totalidad.
Primas La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 15.903 del 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para la Base de Prestaciones y Contribuciones para la actividad privada.
Becas especiales y de estudio La partida "Becas Especiales y de Estudio" contempla un subsidio especial a la enseñanza especial para la recuperación de menores regida por las Resoluciones de Directorio N° 137/03/2000 de 15 de marzo de 2000 y la Res. (SC) N° 086/11/2008 del 3 de noviembre de 2008.
Servicio a las personas por guardería La partida Servicio a las Personas por Guardería contempla un beneficio para la concurrencia de menores a guarderías regida por la Resolución de Directorio 17 de enero de 2012 del 12 de enero de 2012.
Beneficios sociales Los beneficios sociales que evolucionan con la Base de Prestaciones y Contribuciones, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están expresados a valores medios enero - junio 2022 y se ajustarán a la evolución que registren dichos parámetros.
Funcionarios en comisión saliente o con reserva de cargo Los funcionarios de la Empresa que pasen a prestar funciones en otros organismos, ya sea en comisión o con reserva de cargo, deberán declarar anualmente las partidas extraordinarias o beneficios que pudieran percibir en dichos organismos.
Contratación de personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de embarcaciones Facúltese a la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland a contratar personal para suplir ausencias temporarias en la tripulación de sus embarcaciones, mediante contratos de trabajos de hasta 6 meses de duración. A estos efectos el Directorio de ANCAP convocará a personas inscriptas en un Registro de Aspirantes a Suplentes que se integrará mediante llamado público con personas que reúnan las condiciones requeridas para cumplir esas tareas. Dicho Registro se actualizará cada dos años.
Transformación de cargos o funciones El Directorio podrá disponer transformaciones de cargos y funciones, aun cuando afecten distintos escalafones, siempre que no supongan incremento de gastos y que se cumplan las condiciones de ingreso al escalafón y demás disposiciones vigentes en la materia, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la Empresa, previo dictamen favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y dando cuenta al Tribunal de Cuentas de las mismas, acompañándolas de un análisis de sus costos y financiamiento.
Las transformaciones que se incluyen en el presupuesto y las que el Directorio proponga en el futuro, deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de la estructura organizativa. Toda transformación implicará la eliminación automática del o de los cargos que se transforman, así como de las compensaciones que correspondan.
Cuando las transformaciones impliquen ahorros en los objetos de Sueldos Básicos, el excedente podrá ser reservado para su utilización en oportunidad de futuras transformaciones
Reestructuras Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema de remuneración, se deberá contar con el informe favorable previo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, dando cuenta al Tribunal de Cuentas.
Mecanismos de promoción de igualdad En cumplimiento del Convenio de Cooperación entre la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ANCAP y el Instituto Nacional de las Mujeres, de fecha 21 de noviembre de 2006, este Directorio ratifica su compromiso de contemplar en su Presupuesto, la creación y/o fortalecimiento de mecanismos de promoción de igualdad de oportunidades y derechos entre hombres y mujeres.
Cobertura de vida El pago de la cobertura de vida o una suma equivalente a $ 229.000 del autoseguro de ANCAP que cubre a los ex funcionarios jubilados de ANCAP o el cobro del incentivo por la opción de renuncia al beneficio del autoseguro, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Directorio N° 1003/12/05 y con cargo al Programa Energía - Grupo 2 - Servicios No Personales.
Adecuación del grupo 0 - servicios personales El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones del grupo 0 "Servicios Personales" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal en períodos acordes a las disposiciones legales vigentes.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del Índice General de Precios al Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, sus disponibilidades financieras y la política del Poder Ejecutivo en la materia.
Trasposiciones Las trasposiciones entre grupos de un mismo programa, serán aprobadas por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland y comunicadas a la O.P.P. (en los diez días subsiguientes) y al Tribunal de Cuentas de la República (en dicho plazo o en el que este determine), con excepción del Grupo 0, para las que se requerirá previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los Objetos de los Subgrupos 01, 02 y 03 podrán ser traspuestos entre distintos programas cuando la referida trasposición se realice a efectos de identificar la asignación del costo del puesto de trabajo al programa. La reasignación autorizada debe realizarse considerando todos los conceptos retributivos inherentes al cargo, función contratada o de carácter personal, así como el sueldo anual complementario y las cargas legales correspondientes. Esta reasignación no implicará modificación en la estructura de cargos prevista presupuestalmente. Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el cual se autorizan y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Podrán servir como reforzantes partidas que tengan carácter anual y no sean estimativas.
b) El Grupo 0 (Servicios Personales) no podrá ser reforzado ni servirá como reforzante, con excepción de lo dispuesto por el siguiente literal.
c) Los objetos del Grupo 0 podrán reforzarse entre sí, ajustándose a las condiciones siguientes:
1.- Que sólo se trasponga hasta el monto del crédito disponible y no comprometido.
2.- Los objetos de los subgrupos 0.4, 0.5 y 0.6 podrán reforzarse entre sí.
d) El Grupo 7 (Gastos no clasificados) no podrá ser reforzado.
Imprevistos El grupo 7 "Asignaciones Globales" no podrá ser reforzado, pero servirá para reforzar los restantes rubros, salvo el Grupo 0 - "Servicios Personales". La autorización de los refuerzos mediante el uso del Grupo "Asignaciones Globales" será resorte interno del Organismo.
Partida adicional por acontecimientos graves e imprevistos.
El Grupo 7 "Gastos no Clasificados" incluye en el objeto 7.1.3.000 "Acontecimientos Graves e Imprevistos" un monto equivalente al 3% de las partidas limitativas del Presupuesto de Compras por $ 277.307.145 que se desglosa en $ 154.398.645 en el Presupuesto Operativo y $ 122.908.500 en el Presupuesto de Inversiones a precios de enero - junio de 2022. La misma tiene por objeto hacer frente a costos extraordinarios no previstos como consecuencia de gastos extraordinarios no rutinarios que afecten la prestación de los servicios. Dicha partida no podrá actuar como reforzante, pero podrá trasponerse entre el Presupuesto Operativo y el de Inversiones.
La Empresa podrá ejecutar dicho monto o su trasposición entre ambos presupuestos previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) y dando conocimiento al Tribunal de Cuentas.
La presente partida presupuestal y el monto que se ejecute en su caso, no será tenido en cuenta en las cláusulas referentes a la Contribución al Programa Financiero; Reducción de Costos Operativos; Ejecución de las Inversiones; Rentabilidad sobre Patrimonio y Rentabilidad sobre Activos.
Inversiones - Dictamen técnico favorable De acuerdo con lo dispuesto en el inc. 2° numeral 3°del Art. 24 de la Ley N° 18.996 del 7 de noviembre de 2012, ningún proyecto de inversión se ejecutará sin haber obtenido en forma previa el dictamen favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de acuerdo con las Guías y Pautas Metodológicas elaboradas por el Sistema Nacional de Inversión Pública.
Inversiones - ejecución de proyectos La ejecución de los proyectos de inversión del presupuesto estará condicionada a la formalización de la fuente de financiamiento, lo que deberá contar con el informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, según lo dispuesto en la Ley 18.172 Art. 331.
Vigencia Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto Operativo y de Inversiones a regir para el año y, según lo dispuesto por el Art. 228 de la Constitución, rigen las partidas ajustadas para el último presupuesto aprobado.
Compromisos de gestión La empresa, en el marco de los lineamientos estratégicos relacionados con la eficiencia y eficacia en la gestión, se compromete al cumplimiento de los Compromisos de Gestión que figuran en el Anexo IV, (*) los que forman parte integrante del presente Decreto.
Notas de IMPO
Ver: Texto/imagen.
Dese cuenta a la Asamblea General.
Comuníquese, etc.