Artículo 1Modificado
Apruébase el Trigésimo Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 36, (*) suscrito el 29 de octubre de 2024 entre los Gobiernos de la República Argentina, de la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de la República Oriental del Uruguay, Estados Partes del MERCOSUR, y el Gobierno del Estado Plurinacional de Bolivia, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo 1980;
- Ver además:
- Decreto 53/2025, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.