Artículo 1
Apruébanse los cuadros tarifarios a regir a partir del 1° de enero de 2026, por los servicios suministrados por la empresa Gasoducto Cruz del Sur S.A. para transporte firme e interrumpible de gas, los cuales surgen del Anexo adjunto y forma parte del presente Decreto.
Notas de IMPO
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 7/026 de 14/01/2026. Ver: Decreto Nº 35/026 de 18/02/2026 artículo 1 (rectifica el cuadro tarifario).