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Solicitud.
La solicitud de habilitación de PI o PCT deberá presentarse ante el MIEM, que la trasladará para informe, a la Dirección Nacional de Industrias.
A los efectos de solicitar la habilitación, el instalador debe presentar:
I. Estatuto y Reglamento Operativo previstos para el PI o PCT.
II. Acreditación de vigencia y representación de la persona jurídica del instalador y/o explotador de corresponder.
III. Proyecto de inversión que refiera a los aspectos técnicos, financieros, económicos, sociales, ambientales y de infraestructura mínima del emprendimiento; en este último cumpliendo con lo dispuesto por el Artículo 3º de la Ley que se reglamenta, en lo que corresponda.
IV. Constancia de Solicitud de Autorización Ambiental Previa de
DINACEA.
V. Viabilidad de implantación de la Intendencia correspondiente.
VI. Solicitud de habilitación o habilitaciones correspondientes (Gobierno Departamental, Dirección Nacional de Bomberos y otras que pudieren corresponder);
VII. Estudio de ordenamiento territorial, indicando los impactos de su emplazamiento para el desarrollo urbano y el ajuste a la planificación vigente.
Cuando se trate de PCT deberá incluirse carta compromiso de al menos un usuario, categorizado en alguno de los incisos F) y G) del
Artículo 10º de la Ley que se reglamenta, a instalarse en el mismo.