Incorporacion al derecho positivo nacional la resolucion gmc 3/24, por la que se aprobo el "sub-estandar 3.7.4 requisitos fitosanitarios para citrus spp (citricos, fruta fresca) segun pais de destino y origen para los estados partes del mercosur"
Adóptase el "Sub-Estándar 3.7.4 Requisitos Fitosanitarios para Citrus spp. (cítricos, fruta fresca) según país de destino y origen para los Estados Partes del MERCOSUR", (*) cuyo texto se anexa al presente y forma parte integrante del mismo.
El incumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto será sancionado de conformidad con lo establecido en el artículo 285 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, en la redacción dada por el artículo 87 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017.
Derógase la Resolución de la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA) del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), N° 109/018, de 21 de agosto de 2018, publicada en el Diario Oficial el 12 de setiembre de 2018.