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Transportes. El servicio general comprende una Oficina Central y dos Divisiones: Construcción y Explotación.
Oficina Central Le corresponde centralizar los asuntos dirigidos al servicio; clasificar, registrar y distribuir la correspondencia; expedición y tramitación de los asuntos; estadística y clasificación de los medios de transporte del Ejército y su distribución en las distintas reparticiones del mismo.
PRIMERA DIVISION
Construcción Comprende dos secciones:
1.ª Sección. Tiene por cometido lo relativo a:
A) Material de construcción y conservación de las vías férreas, fluviales y marítimas.
B) Parque de material de transporte.
C) Talleres de reparación de los medios de transporte del Ejército, y
D) Compañías de construcción y explotación que se formen de acuerdo con la presente ley.
2.ª Sección. Le compete:
A) Lo relativo a Servicios Divisionarios, constituido por unidades del tren de transporte, en lo que al Servicio General interese, y
B) Lo referente a los grandes transportes en los servicios de retaguardia.
SEGUNDA DIVISION
Explotación Comprende dos secciones:
1.ª Sección. Le compete:
A) Prever la movilización y explotación de los medios de transporte, respondiendo a los planes de transporte que se establezcan.
B) Organización, distribución y empleo de los medios de transporte del Ejército; y
C) Utilización y explotación de las vías férreas, fluviales y marítimas de acuerdo con las necesidades del Ejército.
2.ª Sección. Le corresponde lo relativo a las reservas generales de los servicios; a la de tropas especializadas, y a la de material de vías de explotación.
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