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La Caja estará dirigida y administrada por un Directorio honorario formado por siete escribanos, que durarán cuatro años en sus funciones de los que uno será nombrado por el Poder Ejecutivo, otro por el Poder Judicial y los cinco restantes elegidos por los afiliados a la Institución, y de los cuales tres por lo menos deberán estar en ejercicio de la profesión. Cuando la cantidad de empleados en condiciones de votar alcance a la quinta parte del total de los afiliados en igual situación, podrán aquéllos elegir un miembro del Directorio que no será necesario que sea escribano, pero si afiliado, en cuyo caso los electos por los profesionales se reducirán a cuatro.
Juntamente con los titulares serán nombrados o elegidos según su origen, doble número de suplentes, por orden preferencial que durarán igual tiempo que aquéllos.