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Los ascensos se conferirán durante el mes de febrero y con fecha 1° de dicho mes, la que se tomará siempre en cuenta para el cierre de los cómputos de servicios.
Los ascensos al grado de Contra Almirante serán otorgados en el momento del año en que se produzcan las vacantes, computándose la antigüedad a partir del 1° de febrero siguiente.
Las vacantes a producirse por los ascensos a otorgarse a Capitán de Navío y Contra Almirante, se llenarán también en el mes de febrero, aun cuando aquellos ascensos no se hubieren producido todavía por demora en la concesión de la venia legislativa correspondiente.
Los ascensos a Guardia Marina y a Alférez Ingeniero, se conferirán una vez terminados los cursos anuales de la Escuela Naval.