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Corresponde al Directorio:
A) Administrar el patrimonio del Organismo.
B) Fijar las tarifas generales de sus servicios con la aprobación del Poder Ejecutivo.
C) Fiscalizar y vigilar todos los servicios y dictar las normas y reglamentos necesarios.
D) Ejercer la potestad disciplinaria sobre todo el personal.
E) Proyectar el presupuesto del Instituto, el que será elevado al Poder Ejecutivo y al Tribunal de Cuentas de la República a los efectos dispuestos por el artículo 221 de la Constitución de la República.
F) Proponer al Poder Ejecutivo, en el momento que resulte necesario, las designaciones del personal presupuestado del organismo; así como disponer por sí las promociones y cesantías del referido personal; en todos los casos deberá proceder de acuerdo a las normas que establece la presente ley.
G) Resolver las demás cuestiones que el Presidente o cualquiera de sus miembros someta a su consulta o a su decisión.
H) Disponer las expropiaciones y la imposición de servidumbres sobre bienes, que resulten necesarias para el cumplimiento de los cometidos del organismo de acuerdo a la presente ley.