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Autorízase al Poder Ejecutivo a aplicar el siguiente plan de inversiones agropecuarias para cumplir con las finalidades previstas por el inciso B) del artículo 7.o de la Ley N.o 12.670, de 17 de diciembre de 1959:
A) Asistencia a los productores perjudicados por el granizo..................................... $ 20.000.000.00 Indemnizaciones y asistencia crediticia a pequeños y medianos productores perjudicados por el granizo caído los días 23 de noviembre de 1961, 2, 4 y 14 de enero de 1962 en diversas zonas de los Departamentos de Canelones, Lavalleja, Florida y Montevideo, conforme a las normas que se establecen en la presente ley.
B) Fertilizantes...................................... " 30.000.000.00 Para incrementar su uso y abaratar su precio con retroactividad al 1.o de febrero de 1962.
C) Plan Agropecuario.................................. " 20.000.000.00 Para aumentar sus disponibilidades de crédito y asistencia técnica a los productores, dispuesta por el artículo 11 de la Ley número 12.394, de 2 de julio de 1957, modificado por la Ley número 12.746, de 4 de agosto de 1960.
D) Sanidad animal..................................... " 18.500.000.00 Para la lucha contra la aftosa, brucelosis, garrapata, parasitosis internas y externas y otras plagas.
E) Estímulo a la producción de carnes de calidad ..... " 12.000.000.00 Para estimular la producción y la exportación de las carnes de mejor calidad y la reducción del ciclo productivo de los ganados.
F)
G) Semillas ...................................... " 5.000.000,00 Para abaratar su precio, tecnificar e incrementar su cultivo.
H) Investigación, experimentación y extensión agrícolas....................................... " 7.000.000.00 Para la instalación y para completar el relevamiento de Centros de experimentación agrícola y veterinaria y de otros servicios especializados del Ministerio de Ganadería y Agricultura. Para el desarrollo integral de la formación de técnicos y de la experimentación en las dependencias especializadas de la Universidad de la República y en especial de la Cátedra de Enfermedades Parasitarias de la Facultad de Veterinaria.
I) Programas complementarios ...................... " 7.813.387.45
I) Conservación de suelos....................... " 1.500.000.00
II) Sanidad vegetal.............................. " 1.500.000.00
III) Otros rubros:
Fomento de la forestación, adecuación de laboratorios para semillas, fertilizantes y plagas agrícolas, construcción de un lazareto cuarentenario, estudios laneros en el plano internacional, certámenes de la producción, planificación del desarrollo agrícola y fomento del perfeccionamiento zootécnico................." 4.813.387.45 _____________ Total ........................................ $ 180.313.387.45 _____________