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El Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios estará exonerado de toda clase de tributos, con excepción de las cargas sociales y de derechos de aduana y adicionales, en lo que corresponda.
Las gestiones que se realicen ante dicho Consejo estarán exentas, además del sellado, de estampillas de Biblioteca. También estarán exentos del tributo de sellos los contratos que celebre con sus proveedores y compradores.
Las gestiones que se realicen ante dicho Consejo, referidas a su actividad comercial, estarán exentas de sellado y estampillas de biblioteca. También estarán exentos del tributo de sellos los contratos que celebre con sus proveedores y compradores, referidos a su actividad comercial.