Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Modifícase el artículo 191 de la Ley Nº 12.804, de 30 de noviembre de 1960, sus modificativas y concordantes, el que quedará redactado en la siguiente forma:
"Artículo 191.- (Contrato de promesa de venta).- Los compromisos o contratos de promesa de compraventa de bienes inmuebles y de vehículos automotores a que se refiere el artículo 99 de la Ley Nº 13.420, de 2 de diciembre de 1965, aun cuando en ellos se declare recibir todo o parte del precio, podrán extenderse en papel simple, pero deberá reponerse un sello de $ 20 (veinte pesos) por cada hoja si el respectivo documento hubiere de presentarse ante cualquier autoridad del Estado.
También se aplicará este procedimiento en las promesas de realizar actos o contratos que por disposición de la ley requieran para su validez el requisito de la escritura pública".
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