Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Las empresas que estén en situación regular con sus obligaciones respecto a los organismos mencionados en el artículo 24 y aquellas que paguen su deuda de acuerdo a los regímenes establecidos en los artículos 24, 25 y 26, recibirán del Consejo Central de Asignaciones Familiares una constancia que así lo acredite.
Este documento cuya validez expira a los 90 días será exhibido obligatoriamente en todos los actos o contratos que realicen, relativos a la Industria de la Construcción.
En caso de que se formalicen dichos actos o contratos sin esa exigencia y resulte que la empresa contratista y subcontratista no está en situación regular con los mencionados organismos, será responsable solidario de esa deuda quien ha contratado con dicha empresa, ya sea el contratista, propietario empresario, organismo público o privado, o cualquier tercero.
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