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Sin perjuicio de los requisitos especiales que se establecen respecto a cada Tribunal, para ingresar a la Judicatura se requiere:
1) Ciudadanía natural en ejercicio, o legal con dos años de ejercicio.
2) Ser abogado, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 247 de la Constitución.
3) No tener impedimento físico o moral.
En el impedimento físico entran las dolencias crónicas o permanentes que turban la actividad completa de la personalidad física o mental.
Es impedimento moral el que resulta de la conducta socialmente degradante o de las condenaciones de carácter penal.
Tampoco pueden ser nombrados jueces los que estén procesados criminalmente por delito que dé lugar a acción pública.
4) Tener un nivel de escolaridad en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales adecuado a las exigencias del servicio a juicio de la Suprema Corte de Justicia. En la solicitud de ingreso podrán señalarse otros méritos.
La Suprema Corte de Justicia propiciará la realización de cursos de post-grado especialmente dirigidos a la formación de aspirantes al ingreso en la Judicatura. En tal caso, el abogado que hubiere hecho y aprobado el curso, tendrá prioridad en el ingreso.