Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Créase un Fondo en el Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" bajo la denominación de "Fondo para la Equiparación" con cargo al subrubro 06 "Retribuciones Adicionales" del programa 008 "Administración General", que se distribuirá mensualmente en forma igualitaria entre todos los funcionarios del Inciso 13 (programa 008, 002, 003, 005, 006, 009, 013 y 011).
Dicho fondo estará integrado de la siguiente forma:
a) Con el remanente que pudiera derivar de las partidas del renglón
061.301.
b) Con una suma no inferior al 50% (cincuenta por ciento) de las partidas con cargo a proventos que corresponden al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social comunicará a la Contaduría General de la Nación los importes correspondientes, la cual los acreditará mensualmente en el rubro correspondiente.
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