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La escala general de remuneraciones con valores al 1º de enero de 1990, es la siguiente escala:
Grado N$ 1 89.549 2 90.789 3 93.704 4 95.649 5 98.052 6 102.606 7 107.367 8 117.567 9 128.736 10 140.966 11 155.062 12 167.267 13 178.321 14 185.760 15 205.070 16 235.830 17 271.205 18 290.835 19 311.885 20 374.263 21 449.115 22 538.939 Esta escala comprende los importes de remuneración al cargo, por todo concepto, en régimen de seis horas diarias de labor (treinta horas semanales).
A los montos establecidos en dicha escala, se adicionará la suma de N$
5.689 (nuevos pesos cinco mil seiscientos ochenta y nueve) que corresponde al 50% (cincuenta por ciento) del aumento dispuesto a partir del 1º de abril de 1985, a valores del 1º de enero de 1990. En ningún caso la retribución que por todo concepto perciban los funcionarios del Banco de Previsión Social podrá exceder del 90% (noventa por ciento) de la que corresponda a los Directores.