Para las licitaciones restringidas se invitará a presentar ofertas, por lo menos, a cinco firmas del ramo a que corresponde el llamado, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos con cinco días de antelación a la apertura de las propuestas.
Este plazo podrá ser reducido por las mismas circunstancias de las establecidas en el artículo anterior hasta cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura.
Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Para las licitaciones restringidas abreviadas se invitará a presentar ofertas, por lo menos, invitará, como mínimo a cinco seis firmas del ramo a que corresponde corresponda el llamado, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos menos, con cinco tres días de antelación a la apertura de las propuestas.
la propuesta. Ello, sin perjuicio de la publicidad que se estime conveniente. Este plazo podrá ser reducido reducirse a cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura por las mismas circunstancias de las establecidas previstas en el artículo anterior hasta cuarenta y ocho horas anteriores anterior. Deberán asimismo aceptarse todas aquellas ofertas presentadas por firmas no invitadas. En los contratos superiores a N$ 6.000.000 (nuevos pesos seis millones) se deberá remitir la apertura. información a las publicaciones especializadas en compras, sin costo para el organismo
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Para las licitaciones abreviadas se invitará, como mínimo a seis firmas del ramo a que corresponda el llamado, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos, con tres días de antelación a la apertura de la propuesta. Ello, sin perjuicio de la publicidad que se estime conveniente. Este plazo podrá reducirse a cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura por las mismas circunstancias previstas en el artículo anterior. Deberán asimismo aceptarse todas aquellas ofertas presentadas por firmas no invitadas. En los contratos superiores a N$ 6.000.000 (nuevos pesos seis millones) se deberá remitir la información a las publicaciones especializadas en compras, sin costo para el organismo
Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Para las licitaciones abreviadas Cuando corresponda el procedimiento de licitación abreviada se invitará, deberá publicar la convocatoria en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, sin perjuicio de otros medios que se estimen convenientes, debiendo realizarse la publicación en dicho sitio web como mínimo a seis firmas del ramo tres días antes de la apertura de ofertas. Este plazo podrá reducirse hasta cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura, cuando la urgencia o conveniencia así lo requieran.
Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que corresponda disponga el llamado, llamado y deberá, en este caso, invitarse como mínimo a tres firmas del ramo, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos, menos con tres dos días de antelación a la apertura de la propuesta. Ello, sin perjuicio de la publicidad que se estime conveniente. Este plazo podrá reducirse a cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura por las mismas circunstancias previstas en el artículo anterior.
9 de julio de 2020
Redacción vigenteHoy
Redacción dada por Ley N° 19.889
Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Cuando corresponda el procedimiento de concurso de precios o licitación abreviada abreviada, sin perjuicio del cumplimiento del artículo 50 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), y de su divulgación por otros medios que la administración contratante estime convenientes, se deberá publicar la convocatoria en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, sin perjuicio a través de otros los medios de comunicación que se estimen convenientes, a tal efecto disponga la Agencia Reguladora de Compras Estatales, debiendo realizarse la publicación en dicho sitio web como mínimo con una antelación mínima de tres días hábiles o diez días hábiles antes de la fecha prevista de apertura de ofertas. Este plazo podrá reducirse hasta cuarenta y ocho horas a dos días o cinco días hábiles
Deberán
asimismo
aceptarse todas
aquellas
las
ofertas presentadas por firmas no
invitadas. En los contratos superiores a N$ 6.000.000 (nuevos pesos seis millones) se deberá remitir la información a las publicaciones especializadas en compras, sin costo para el organismo
invitadas
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Cuando corresponda el procedimiento de licitación abreviada se deberá publicar la convocatoria en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales, sin perjuicio de otros medios que se estimen convenientes, debiendo realizarse la publicación en dicho sitio web como mínimo tres días antes de la apertura de ofertas. Este plazo podrá reducirse hasta cuarenta y ocho horas anteriores a la apertura, cuando la urgencia o conveniencia así lo requieran.
Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que disponga el llamado y deberá, en este caso, invitarse como mínimo a tres firmas del ramo, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe por lo menos con dos días de antelación a la apertura de la propuesta.
Deberán aceptarse todas las ofertas presentadas por firmas no invitadas
anteriores a la apertura,
respectivamente,
cuando la urgencia o conveniencia así lo requieran.
Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que disponga el
llamado y deberá, en este caso,
llamado.
Para el caso de licitaciones abreviadas con reducción de plazo de cotización, deberá
invitarse como mínimo a
tres
seis
firmas del ramo, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe
por lo menos con dos días
en el plazo establecido.
En el caso del concurso
de
antelación a
precios y cualquiera sea el plazo establecido para
la
apertura
recepción
de
ofertas, deberá invitarse como mínimo a tres firmas del ramo, si las hubiere, asegurándose que
la
propuesta.
recepción de todas las invitaciones cumpla con el plazo de antelación aplicado en el procedimiento.
Deberán aceptarse todas las ofertas presentadas por firmas no
invitadas
invitadas.
Si no existiere la cantidad establecida de firmas del ramo a las que invitar para uno u otro procedimiento, se dejará la debida constancia en las actuaciones.
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Cuando corresponda el procedimiento de concurso de precios o licitación abreviada, sin perjuicio del cumplimiento del artículo 50 del Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado (TOCAF), y de su divulgación por otros medios que la administración contratante estime convenientes, se deberá publicar la convocatoria a través de los medios de comunicación que a tal efecto disponga la Agencia Reguladora de Compras Estatales, debiendo realizarse la publicación con una antelación mínima de tres días hábiles o diez días hábiles antes de la fecha prevista de apertura de ofertas.
Este plazo podrá reducirse a dos días o cinco días hábiles anteriores a la apertura, respectivamente, cuando la urgencia o conveniencia así lo requieran. Los motivos de la excepción deberán constar en el acto administrativo que disponga el llamado.
Para el caso de licitaciones abreviadas con reducción de plazo de cotización, deberá invitarse como mínimo a seis firmas del ramo, asegurándose que la recepción de la invitación se efectúe en el plazo establecido.
En el caso del concurso de precios y cualquiera sea el plazo establecido para la recepción de ofertas, deberá invitarse como mínimo a tres firmas del ramo, si las hubiere, asegurándose que la recepción de todas las invitaciones cumpla con el plazo de antelación aplicado en el procedimiento. Deberán aceptarse todas las ofertas presentadas por firmas no invitadas.
Si no existiere la cantidad establecida de firmas del ramo a las que invitar para uno u otro procedimiento, se dejará la debida constancia en las actuaciones.